Cómo dar de baja temporalmente tu vehículo


Si vas a dejar de usar tu vehículo durante un tiempo, existe la posibilidad de darlo de baja temporalmente
Con este trámite evitas pagar durante un periodo concreto el impuesto de circulación, la ITV y el seguro obligatorio
La DGT puede dar de baja tu coche sin tu autorización: sí o no
Los conductores que han dejado de utilizar su vehículo durante un tiempo, pero quieran ahorrarse los costes de mantenimiento pueden darlo de baja temporalmente. Se trata de un trámite parecido a la de la baja definitiva de un coche, moto, autobús, camión, etc. solo que por un tiempo limitado.
De hecho, un vehículo que esté dado de alta, así no circule, debe estar al día del impuesto de circulación y tener seguro e ITV en vigor. Por ello, la baja temporal está pensada para los vehículos que, por el motivo que sea, no van a ser usados durante un largo periodo de tiempo, pero es posible que se vuelva a usar en el futuro.
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En NIUS te explicamos cómo puedes llevar a cabo la baja temporal de cualquier vehículo, los requisitos y las condiciones establecidas por la Dirección General de Tráfico.
Baja temporal del vehículo: paso a paso
Tienes dos formas de solicitar la baja temporal en la Dirección General de Tráfico, aunque en ambas debes personarte en la oficina para entregar la documentación en físico:
1. Por Internet
- En este caso, es necesario disponer de un Certificado Digital, DNI electrónico o Cl@ve.
- Rellenar y presentar la solicitud de baja temporal que puedes conseguir a través de la web.
- Abonar la tasa correspondiente: 4.1. de 8,67 euros.
- Personarse en la DGT para presentar los impresos oficiales.
2. Presencial
- Solicitar cita previa a través de la web de la DGT o llamando al 060. Cuando tengas la fecha, tienes que presentarte en una Jefatura u Oficina de Tráfico.
- En la sede debes presentar de forma física la siguiente documentación:
- DNI o pasaporte.
- El impreso de la solicitud de baja temporal. En Tráfico te dan directamente el documento.
- El justificante de pago de la tasa.
Condiciones de la baja temporal
Desde la DGT explican cuál debe ser la situación de un vehículo durante una baja temporal y las condiciones:
- La baja temporal tiene una duración máxima de un año.
- Antes de la finalización de la baja, se puede solicitar una prórroga que tiene una duración de un año, sin que exista un límite al número de prórrogas que puedas encadenar.
- La prórroga puede solicitarse hasta dos meses antes de la finalización de la baja actual.
- En el momento de finalización del plazo de la baja temporal, el vehículo vuelve de forma automática a la situación de alta administrativa.
- Antes de circular con el vehículo nuevamente, se debe solicitar su alta.
- Si decides no usarlo nunca más, puedes solicitar la baja definitiva.
- No se puede circular con un vehículo mientras esté de baja.
- El vehículo de baja temporal está exento de pagar el impuesto de circulación.
- Si el vehículo dado de baja está aparcado en una propiedad privada, no necesita estar al día con la ITV, ni tener seguro obligatorio.
- En cambio, cualquier vehículo estacionado en la vía pública, esté o no de baja, debe tener el seguro y la ITV en vigor.