Cómo se calculan las vacaciones


Las vacaciones son un derecho irrenunciable de todos los trabajadores
El mínimo fijado por ley es de 30 días naturales o 22 días laborables
Te explicamos cómo calcular los días de vacaciones según distintas circunstancias
Las vacaciones son un derecho irrenunciable de todo trabajador regulado en el Estatuto de los Trabajadores y necesario para el rendimiento y salud física y mental de los empleados. El trabajador tiene el derecho de disfrutar de los días de vacaciones como tiempo libre, ya que en España no es posible pagar los días de vacaciones no disfrutados mientras se forma parte de la plantilla.
Ahora que el verano está a la vuelta de la esquina, seguramente tengas dudas con respecto a cuántos días de vacaciones te corresponden y cómo puedes calcularlos. Te lo explicamos en detalle para que puedas disfrutar de un merecido descanso.
MÁS
Cuántos días de vacaciones tengo
Cuando se habla de días de vacaciones se puede hacer referencia a ellos en días naturales o días laborables. Los días naturales incluyen todos los días, también fines de semana y festivos, mientras que los laborables solo hacen referencia a aquellos que no son festivos y durante los que normalmente se trabaja.
La ley fija un mínimo de 30 días naturales de vacaciones por año trabajado, en los que se incluyen los domingos y festivos. En términos de días laborables, esta cifra equivale a 22 días laborables por año trabajado. Se trata del mínimo legal recogido en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, por lo que no puede ser incumplido por ninguna empresa y solo puede modificarse si es para mejorar las condiciones.
Cómo calcular los días de vacaciones
Si has trabajado todo un año en la misma empresa, ya sabes los días que de vacaciones que te corresponden por ley. No obstante, puede haber varias circunstancias que modifiquen estos días de vacaciones.
Para calcular los días si has trabajado menos de un año en una empresa debes averiguar cuántos días te corresponden al mes. Para ello, solo debes dividir los 30 días naturales anuales entre los doce meses del año, lo que da un total de 2,5 días de vacaciones por cada mes trabajado. En días laborables el equivalente es 1,83.
Si estás o has estado en situación de ERTE de reducción de jornada tendrás los mismos días de vacaciones que si no te hubieras visto afectado. Por contra, si el ERTE ha sido de suspensión de contrato se deberán restar los días correspondientes que haya durado la suspensión. Es decir, si has estado en ERTE de fuerza mayor dos meses, tendrás derecho a 25 días naturales de vacaciones este año en lugar de 30.
Si has estado de baja temporal tienes derecho a disfrutar de los días anuales de vacaciones una vez te reincorpores a tu puesto de trabajo. En el caso de bajas por embarazo, parto, lactancia, maternidad, paternidad, adopción o guarda con fines de adopción o acogimiento el trabajador podrá recuperar las vacaciones no disfrutadas en cualquier momento. Para otras causas se podrán disfrutar de las vacaciones no disfrutadas siempre que no hayan transcurrido más de 18 meses desde el final del año en que se hayan originado y la fecha límite de disfrute será el fin de cada año.
Si tienes un contrato temporal, tienes los mismos derechos que los trabajadores con contrato indefinido en cuanto a bajas y vacaciones. Eso sí, la fecha máxima de disfrute será la de fin del contrato.
Si trabajas a jornada parcial las vacaciones también serán las mismas que las de los trabajadores que hacen una jornada completa, es decir, 30 días naturales al año.