¿Cómo devolver el cobro indebido por un ERTE?


Para evitar un recargo del 20% sobre el importe, es primordial devolver el cobro indebido dentro del plazo
La cantidad reclamada se puede devolver mediante una transferencia bancaria
En caso de no poder pagar, existe la opción de aplazamiento y fraccionamiento del cobro
El pasado mes de abril los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) alcanzaron su cifra máxima con más de tres millones de afectados. Desde el estallido del coronavirus, el pago y regulación de esta prestación ha causado infinidad de problemas a las empresas y a los trabajadores.
Actualmente, los afectados se enfrentan a una nueva contrariedad: el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) está reclamando la devolución de cobros indebidos que se han realizado por problemas informáticos.
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¿Qué son los cobros indebidos?
Los cobros indebidos afectan a aquellas personas que han percibido una cantidad mayor a la que le correspondía, que han obtenido una prestación que no les concernía, o que se han reincorporado a su puesto de trabajo, pero han seguido cobrando el paro.
¿Cómo sé si estoy afectado?
Si eres uno de los afectados, el SEPE te enviará una carta por correo postal reclamando la cantidad a devolver.
El plazo para devolver el cobro indebido es de 30 días y, en caso de no cumplirlo, se aplica una multa del 20%
Desde el momento de la notificación, la persona afectada tendrá un plazo de diez días para hacer alegaciones. A partir de ahí, el plazo para devolver el dinero será de 30 días. En caso de no cumplir con el plazo, se aplicará una multa del 20% sobre el importe del cobro indebido.
¿Cómo puedo devolver el cobro indebido?
Cuando recibas la carta del SEPE, es importante que la leas con atención. En ella se indican los motivos, el importe exacto a devolver, el número de cuenta del Banco de España al que abonar la cantidad indicada y el correo electrónico del SEPE donde se debe enviar una copia del resguardo de la transferencia bancaria.
¿Qué hacer si no puedo pagar el importe?
Si no puedes pagar el importe, puedes solicitar el aplazamiento o fraccionamiento de la deuda dentro del plazo de los 30 días para evitar la multa del 20%. Para solicitar esta opción, puedes rellenar el documento disponible en la web del SEPE para este fin.
La duración máxima del aplazamiento o fraccionamiento es de cinco años y cuenta con un interés de demora
También debes tener en cuenta que, en caso de aplazamiento o fraccionamiento, los plazos tendrán una duración máxima de cinco años y contarán con un interés de demora del 3,75%.
¿Cómo puedo reclamar?
Si no estás conforme con la comunicación del SEPE, tienes un plazo de 10 días para presentar alegaciones por escrito a la Dirección Provincial del SEPE indicando los motivos de la disconformidad.