Cómo hacerse autónomo


Antes de comenzar a trabajar como autónomo hay que realizar una serie de trámites
Es obligatorio estar dado de alta en la Seguridad Social y en Hacienda
También deberás estarlo en el Impuesto de Actividades Económicas, pero solo si facturas más de un millón de euros anuales
En España hay casi 2 millones de personas que trabajan por cuenta propia. Si quieres formar parte de esta cifra y trabajar de forma habitual como freelance o montar tu propio negocio, deberás formalizar tu alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Sin embargo, antes de ponerse manos a la obra hay algunos trámites que deben realizarse para no tener problemas legales nada más empezar. Te los explicamos.
1. Darse de alta en la Seguridad Social
Para poder iniciar la andadura como autónomos o emprendedores, debemos darnos de alta en el RETA.
Como indican desde el SEPE, esta afiliación debe realizarse 60 días antes del inicio de actividad, marcada por el alta en Hacienda. Tan solo se permite que la fecha de alta en el RETA sea la misma que la del inicio de actividad tres veces al año, siempre que no coincidan con el primer día de mes. En ese supuesto, la persona interesada decidirá cuándo iniciar la cotización. En el resto de casos, la obligación de cotizar pasará a ser el primer día de mes.
Para darse de alta como autónomo en la Seguridad Social se puede hacer de dos formas:
- Por Internet: para hacer el alta online deberás acudir a un Punto de Atención al Emprendedor (puntos PAE) para tramitar el alta a través de la presentación del Documento Único Electrónico (DUE).
- Presencial: deberás entregar el modelo TA0521 de solicitud junto a una fotocopia del DNI y del alta en Hacienda en alguna administración de la Seguridad Social.
2. Darse de alta en Hacienda
Es obligatorio que toda persona trabajadora por cuenta propia esté dada de alta en el Censo de Empresarios de Hacienda antes de iniciar su actividad.
Para hacerlo, deberá presentar la declaración censal (modelos 036 y 037). En estos documentos comunicarás tus datos personales, información sobre tu actividad profesional y los impuestos que deberás pagar. Cada vez que se modifiquen estos datos, deberás presentar un nuevo modelo con la información actualizada.
Según corresponda, el alta se efectuará en la Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, en la Agencia Tributaria Canaria, Hacienda Navarra o Departamento de Hacienda y Fianzas del Gobierno Vasco.
3. Darse de alta en el IAE
Es obligatorio darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Sin embargo, la mayoría de personas estarán exentas de su pago, ya que solo deben hacerlo aquellas que facturen más de un millón de euros al año.
En el caso de no estar exento, deberías darte de alta presentando los modelos 840 y 848.