Cómo saber si una casa tiene cargas antes de comprarla


Antes de comprar un inmueble es necesario hacer un seguido de comprobaciones para evitar deudas, estafas y quebraderos de cabeza
Te explicamos cuáles son las ocho cargas más habituales y cómo puedes evitarlas
En los dos primeros trimestres del 2021 se han formalizado un total de 319.058 contratos de compraventa en España, según las previsiones del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Aunque comprar un inmueble tendría que suponer un momento de ilusión y satisfacción, lo cierto es que muchas personas se ven envueltas en un mar de deudas provenientes de los anteriores propietarios. Afortunadamente, este problema puede solucionarse fácilmente si se hace un pequeño estudio previo antes de formalizar la compra.
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En NIUS te explicamos todo lo que debes saber para evitar las cargas imprevistas al comprar una casa.
Cuáles son las cargas más habituales
Aunque existen otras cargas, las más habituales y que suelen dar más dolores de cabeza a los nuevos propietarios son las ocho siguientes.
- Hipotecas. La hipoteca es la carga más común, ya que las viviendas suelen venderse antes de terminar de pagarla. Para evitar problemas con la hipoteca vigente, lo más habitual es que el vendedor cancele la hipoteca antes de vender el inmueble o que el comprador subrogue la hipoteca si las condiciones le son beneficiosas.
- Nota marginal de ejecución hipotecaria. Esta nota supone la ejecución de la hipoteca cuando ha habido impagos de la misma. Antes de comprar el inmueble, el comprador debe exigir que se cancele la ejecución hipotecaria.
- Usufructos y servidumbres. Estas cargas no afectan a la propiedad, pero sí al uso de la vivienda. Las más habituales son comprar una casa alquilada o con usufructo. Si compras una casa que está alquilada, deberás mantener el alquiler con las mismas condiciones con las que se firmó hasta que se acabe el contrato. Por otro lado, existe la opción de vender una vivienda con usufructo, por lo que el comprador debe tener en cuenta que adquirirá la nuda propiedad, pero deberá respetar el usufructo hasta que la carga no sea extinguida.
- Anotaciones de embargos. Si el vendedor tiene deudas con terceros, sus bienes pueden servir para pagar la deuda tras un procedimiento judicial. Si estas deudas no se cancelan antes de la compra, se vincularán a los futuros propietarios.
- Cargas municipales. La carga municipal más habitual suele ser el impago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Si el nuevo propietario no comprueba esta carga antes de formalizar la compra, tendrá que asumir los pagos pendientes. Otro ejemplo de cargas municipales pueden ser las cargas urbanísticas.
- Plusvalía municipal e Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Si tampoco se han pagado, pasarán a ser una carga para el comprador si se originaron en los dos años anteriores a la venta.
- Deudas con empresas de suministros. Lo más común cuando se adquiere un inmueble es dar de baja los servicios del anterior propietario y que el nuevo contrate sus propios suministros. Si no se hace de esta forma y solo se cambia el nombre del titular, el comprador deberá hacerse cargo de las deudas existentes.
- Deudas con la comunidad de vecinos. Como en el caso anterior, si los antiguos propietarios acumulan cuotas impagadas o derramas pendientes de pago con la comunidad vecinal, estas deudas pasarán a ser del nuevo propietario.
Cómo consultar las cargas de una vivienda
Una vez ya sabes cuáles son las cargas más habituales que puedes heredar con la compra de una vivienda, te contamos cómo puedes detectarlas a tiempo.
El primer paso consiste en pedir una nota simple en el Registro de Propiedad, lo que indica las cargas referidas a hipotecas, embargos judiciales, impuestos y usufructo. Asimismo, ofrece otros datos interesantes y que pueden prevenirte de estafas como la naturaleza de la finca, una descripción con su ubicación, superficie y calificación y la titularidad.
Para evitar cargas municipales como la del IBI, la mejor opción es pedir al ayuntamiento los justificantes de pago de los años anteriores e incluir en el contrato de compraventa un apartado que especifique la parte que se responsabilizará del IBI del año en curso.
Por último, si quieres asegurarte de que el vendedor no ha acumulado deudas con la comunidad de vecinos, puedes pedir un certificado al presidente o administrador de la comunidad.