Cómo votar en las elecciones catalanas del 14-F

Más de 5,6 millones de catalanes están llamados a votar el próximo domingo 14 de febrero, a la espera de la resolución definitiva del TSJC
Para evitar posibles contagios, la Generalitat está promoviendo el voto por correo o, en caso de votar presencialmente, ir ya con el voto preparado
El Govern pide que las personas en cuarentena o positivas por covid-19 vayan a votar de 19 a 20 horas, cuando los miembros de la mesa llevarán un EPI
El próximo domingo 14 de febrero, 5.623.968 catalanes están llamados a votar para elegir a los 135 diputados que compondrán el Parlament de Cataluña en la que será la 13a legislatura. Se trata de la tercera convocatoria electoral que se celebra en España en plena pandemia de la covid-19, sumándose a las elecciones autonómicas en el País Vasco y Galicia.
Precisamente, las elecciones gallegas y vascas se retrasaron del 5 de abril al 12 de julio debido a la crisis provocada por el coronavirus. El 15 de enero, ante la expansión de la tercera ola, la Generalitat acordó con los grupos parlamentarios dejar sin efecto la convocatoria de las elecciones del 14 de febrero y anunció una nueva fecha: el 30 de mayo.
Sin embargo, el 18 de enero, algunas fuerzas extraparlamentarias presentaron recursos ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) para solicitar la suspensión del decreto que aplazaba los comicios catalanes. El TSJC dejó sin efecto cautelarmente ese decreto, pero sin resolver el fondo de la cuestión, algo que se prevé que ocurra el 8 de febrero. Con esta decisión, la convocatoria electoral volvía a situarse el día 14 de febrero.
A la espera de la emisión de una resolución definitiva, la Generalitat ha vuelto a activar todos los trámites para que la celebración de las elecciones esté garantizada si finalmente se produjeran el 14 de febrero. Los miembros de las mesas electorales ya han recibido la notificación y este mismo viernes está previsto que empiece la campaña electoral.
Una de las principales preocupaciones de los ciudadanos es tener la garantía de que se votará en unas condiciones seguras y sin peligro de contagio. En este sentido, esto es lo que está previsto para cada modalidad de voto:
Voto presencial
Antes de ir a votar, la Generalitat recomienda consultar el lugar del colegio electoral en el que el elector debe emitir su voto. Esto se puede saber a través de la tarjeta censal que la Oficina del Censo Electoral envía a todos los electores. Alternativamente, se puede consultar en el ayuntamiento del municipio en el que una persona esté empadronada, llamando al teléfono 901 101 900 o a través de la página web del Instituto Nacional de Estadística (INE).
Para poder votar, hay que identificarse con el DNI, el pasaporte o el permiso de conducción. Ninguno de estos documentos puede ser una fotocopia, deben ser los originales.
Debido a las medidas de seguridad a aplicar para evitar los contagios de covid-19, en estas elecciones, el elector no entregará su DNI al miembro de la mesa electoral para que verifique sus datos, sino que simplemente se lo mostrará. En caso de duda, el vocal o presidente de la mesa podrán pedir al elector que deje el DNI en una bandeja para que lo puedan ver de más cerca y no se produzca ningún tipo de contacto.
Lo mismo ocurrirá con el sobre del voto, un sufragio que, en estas elecciones, se recomienda fehacientemente llevarlo preparado de casa. Se podrá votar desde las nueve de la mañana hasta las ocho de la noche. En este sentido, la Generalitat recomienda que las personas que forman parte de la población de riesgo vayan a votar de 9 a 12 horas, que el resto de votantes lo haga de 12 a 19 horas y que de 19 a 20 h voten las personas que están en cuarentena por dar positivo en covid-19 o ser un contacto estrecho de un contagiado. Estas franjas no son obligatorias, pero son recomendables.
Entre las 18:40 y las 19 horas, los miembros de la mesa se pondrán por turnos un Equipo de Protección Individual (EPI) para recibir a las personas que estén en cuarentena o hayan dado positivo en coronavirus. Cabe mencionar, respecto a los presidentes y vocales de las mesas, que se les harán numerosos controles de temperatura durante la jornada y, previamente a la constitución de las mesas, se les hará un test. Estos electores contagiados o sospechosos de tener SARS-CoV-2 deberán llevar un certificado de desplazamiento para poder votar.
Para aquellas personas que no lleven el voto preparado desde casa, tanto las mesas con las papeletas y sobres como las cabinas de votación tendrán un gel hidroalcohólico y se desinfectarán y ventilarán estas zonas frecuentemente.
En cuanto a los locales de votación, se evitará celebrar las elecciones en escuelas o centros sanitarios y se trasladarán muchas de estas sedes a pabellones o espacios polideportivos amplios. En concreto, habrá un total de 2.763 locales de votación (un 3% más que en las elecciones de 2017) y 9.139 mesas electorales (casi un 10% más que en 2017). Habrá más puntos de entrada y salida, habrá que respetar la distancia de seguridad y llevar mascarilla en todo momento.
Finalmente, los electores que les toque trabajar el día de las elecciones pueden disponer de un permiso retribuido y no recuperable de cuatro horas para ejercer su derecho a voto. Para tramitarlo, hay que pedir el justificante a los miembros de la mesa electoral.
Voto por correo
Esta modalidad de voto también se está promoviendo mucho en esta convocatoria electoral. De hecho, es una de las recomendaciones que emitió la Organización Mundial de la Salud (OMS) en su publicación sobre lo que hay que hacer para celebrar unas elecciones de forma segura. Hay tiempo para solicitarlo hasta el próximo viernes 5 de febrero a las 14 horas.
La solicitud se puede realizar presencialmente en una oficina de Correos o bien por vía telemática, a través de la página web de esta empresa encargada del servicio postal, con un certificado digital o el DNI electrónico. El estado de la solicitud se podrá consultar en la web del INE.
Tras esta solicitud, la Oficina del Censo Electoral la debe aprobar y, en caso de que lo haga, ya no puedes echarte atrás: no podrás ir a votar presencialmente en un lugar de votación el 14 de febrero.
Posteriormente, la Oficina del Censo Electoral envía en un sobre toda la documentación electoral: el certificado de inscripción en el censo, una papeleta de cada una de las candidaturas que se presentan en la provincia donde vota el elector, el sobre de la votación, un sobre dirigido al presidente de la mesa en la que corresponda votar y una hoja con las instrucciones a seguir.
Este sobre lo envía Correos y se puede votar en el momento en el que llegue a casa. Simplemente habrá que identificarse con el DNI, introducir la papeleta de voto en el sobre e introducir, junto al certificado de inscripción en el censo, el sobre de la votación en el sobre dirigido al presidente de la mesa electoral. El empleado de Correos lo hará llegar al sitio correspondiente.
Alternativamente, el votante puede elegir votar presencialmente en una oficina de Correos, cuando le haya llegado toda la documentación, hasta el viernes 12 de febrero a las 14 horas.
Voto desde el extranjero
Según el censo, hay 255.087 catalanes que viven en el exterior con derecho a voto. En el caso de aquellos que residen permanentemente en otro país, tienen hasta el martes 26 de enero para solicitar el voto: se puede pedir a través de la página web del INE o bien rellenar un impreso, que hay que enviar por fax o por correo postal a la delegación provincial de la Oficina de Censo Electoral donde esté censado.
Esta oficina se encarga de hacer llegar, mediante los servicios postales, la documentación para poder votar. El sobre contiene una hoja informativa, una papeleta de todas las candidaturas, dos certificados de inscripción al censo electoral, un sobre en el que figura la dirección de la junta electoral provincial correspondiente, uno con la dirección con el consulado o la embajada y un impreso en el que se solicita la devolución del coste que supone enviar el voto por correo.
Para votar, hay que introducir la papeleta en el sobre, a lo que hay que sumar uno de los ejemplares de la inscripción al censo y una fotocopia del DNI. Se puede enviar por correo certificado hasta el 13 de febrero o, una vez recibida la documentación, ir a votar en una urna en el consulado o embajada correspondiente hasta el 14 de febrero a las 20 horas.
En el caso de los que están temporalmente en el extranjero, funciona de la misma forma y con los mismos plazos, aunque con la diferencia de que no se puede votar presencialmente en el consulado o embajada y deben tramitar su voto antes del 10 de febrero.
Voto de las personas con discapacidad visual
Es un voto que pueden solicitar las personas que conocen el sistema de lectoescritura Braille y con una discapacidad igual o superior al 33% o que estén afiliadas a la ONCE. En este caso, el plazo para pedirlo terminó el 18 de enero. El kit de votación puede llegar a casa (si así se solicita) o que el presidente o vocales de la mesa lo faciliten al votante cuando este se dirija a emitir su sufragio.
Los colegios cerrarán a las ocho de la noche y, a partir de esa hora, empezará el recuento de votos. Para hacerlo, los miembros de las mesas electorales deberán ponerse guantes y una mascarilla FFP2 (que les facilitará la administración electoral) para evitar el contacto con los sobres tocados por los electores. Se prevé que, a partir de las diez de la noche, se empiece a conocer con más precisión cómo quedará compuesto el Parlament para los próximos cuatro años.