La justicia declara a Javier Sánchez hijo de Julio Iglesias

La fiscalía de Valencia ya ha anunciado que recurrirá la decisión por existir otra sentencia en firme anterior que le da la razón a Julio Iglesias
La bailarina portuguesa María Edite Santos, madre del demandante, tuvo una relación con el artista en 1975
No se ha tenido en cuenta la prueba de ADN que el joven presentó, pero sí que el cantante se negara en tres ocasiones a realizar un test de paternidad
Javier Sánchez Santos es hijo de Julio Iglesias. Así lo ha decidido un juez 42 años después de su nacimiento, poniendo fin a casi tres décadas de litigios en los tribunales.
La sentencia, del juzgado de Primera Instancia número 13 de Valencia dicta: "Que estimando la demanda formulada por D. Javier Sánchez Santos contra D. Julio Iglesias de la Cueva, debo declarar y declaro que el padre biológico del referido actor no lo es el Sr. Sánchez Sánchez, que figura como tal en la inscripción de nacimiento, y que lo es el también demandado Sr. Iglesias de la Cueva, con todos los pronunciamientos legales inherentes a ello, y sin que haya lugar a hacer expresa declaración sobre las costas del procedimiento".

Larga batalla judicial
- La lucha comenzó en 1992, cuando la ex-bailarina portuguesa María Edite Santos, madre de Javier Sánchez, inició la primera demanda de paternidad. Entonces, un juzgado, igual que ahora, le dio la razón y declaró padre al cantante, pero la decisión fue revocada por un defecto de forma.
- En 2003, el joven, ya mayor de edad, volvió a impulsar su lucha judicial, esta vez en los tribunales de Marbella, pero el juez no atendió la demanda al entender que era cosa ya juzgada.
- El pasado cuatro de julio Javier Sánchez volvió a intentarlo en un juzgado de Valencia. Ahora el juez José Manuel Bort le da la razón, dice que los indicios que concurren en este caso "son suficientes" para determinar la paternidad del artista.
Indicios que determinan la paternidad de Julio Iglesias
El fallo menciona varios: entre ellos negativa de Julio Iglesias "a posibilitar la práctica de la prueba biológica", a pesar de que es demostrable que "en la época de la concepción del demandante, existieron contactos entre la madre de éste y el demandado".
Esos contactos tuvieron lugar en julio de 1975, cuando María Edite Santos coincidió con Julio Iglesias en una sala de fiestas de San Feliu de Guixols, lo que según el juez "hace que no sea inverosímil ni descabellada la posibilidad de haber existido relaciones sexuales entre ellos”.
La sentencia se apoya, además, en el testimonio de la propia María Edite, que aportó datos muy concretos de la ubicación y distribución interior del chalet donde Julio Iglesias se alojaba esos días y donde supuestamente mantuvieron relaciones.

Javier Sánchez presentó también unas pruebas de ADN obtenidas por un detective privado. Una botella de agua de la que había bebido Julio José Iglesias, otro hijo del cantante. Aunque el juez desestimó esta prueba sí que en el fallo hace referencia explícita al parecido físico que hay entre el artista y el demandante.
La fiscalía recurrirá la sentencia
Jaime Gil, portavoz de la Fiscalía de Valencia, ha confirmado a NIUS que recurrirán la sentencia porque "es cosa ya juzgada". Al existir una sentencia en firme anterior, de 1992, que daba la razón a Julio Iglesias no puede volver a juzgarse la misma causa. "Ya en 2003 se desestimó la demanda por esta razón y ahora seguro que volveremos a conseguirlo", ha explicado Jaime Gil a NIUS. Apelarán en los próximos días ante la Audiencia Provincial.