Facilidades a los artistas para solicitar el paro: el Gobierno simplifica los trámites tras el covid-19

No será necesario que los trabajadores artísticos acrediten su situación de falta de actividad derivada de la pandemia
Se elimina el requisito de encontrarse en el periodo de inactividad voluntaria
Podrán suspender el cobro de la prestación para realizar trabajos por cuenta propia o ajena y reanudarlo después
Era una petición de los artistas y de los portavoces de los Grupos Parlamentarios y el Gobierno ha cedido. Desde hoy los artistas tendrán más fácil solicitar la prestación de desempleo.
Así aparece recogido en el Boletín Oficial del Estado publicado este miércoles. Un Real decreto modifica las anteriores medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social de la COVID-19.
Qué cambia
A partir de hoy no es necesario que los artistas acrediten su situación de falta de actividad derivada de la pandemia, por la dificultad que supone para los trabajadores artísticos. Para calcular los días de actividad que genera el derecho a la prestación, se computará del 14 de marzo de 2019 al 14 de marzo de 2020, considerando esta fecha como la de situación legal de desempleo y sin necesidad de aportar documentación.
Igualmente, y con el fin de garantizar y facilitar el acceso inmediato a la prestación, se elimina el requisito de encontrarse en el periodo de inactividad voluntaria, suprimiendo el coste que ello supondría para el trabajador.
Además, será posible suspender el cobro de la prestación para realizar trabajos por cuenta propia o ajena (en coherencia con la intermitencia de la actividad, y con el propio régimen de la prestación por desempleo) y reanudarlo después.