Qué hacer si Hacienda no te ha devuelto el dinero de la Renta

Qué documentos necesito para hacer la declaración de la Renta
Si la Agencia Tributaria no ha efectuado la devolución, se debe consultar el estado de la declaración a través de la Renta WEB
La Administración tiene seis meses de plazo para devolver el importe de la declaración de la Renta
Las devoluciones de la Renta se suelen hacer efectivas en un plazo de una semana desde la presentación del borrador a la Agencia Tributaria. Sin embargo, en algunos casos la devolución puede demorarse durante meses. En NIUS, te mostramos qué puedes hacer en estos casos
Si la Agencia Tributaria no te ha devuelto el dinero de la declaración, lo primero que tienes que hacer es consultar el estado de la devolución solicitada. Este trámite se hace a través del Servicio de Tramitación del borrador/declaración (Renta WEB). Para poder acceder al servicio es necesario introducir el DNI y la fecha de validez de este. También se puede acceder con el DNI electrónico o el certificado digital.
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Consultando el estado de la devolución de la Renta podremos conocer si está en comprobación, es decir, si está siendo revisada por la Administración. Además, en caso de que haya algún error en la declaración, la Agencia Tributaria lo notificará al contribuyente.
Plazos para la devolución de la Renta
La Agencia Tributaria dispone de seis meses, desde el término del plazo de presentación de las declaraciones, o desde la fecha de la presentación, si la declaración fue presentada fuera de plazo, para hacer la devolución de la Renta.
Los seis meses empiezan a contar desde el 1 de julio. Por lo tanto, el 31 de diciembre como muy tarde se tendría que haber devuelto la declaración. Si se ha iniciado un procedimiento de comprobación por parte de la Administración, los seis meses empiezan a contar desde ese momento.
En caso de que haya transcurrido el medio año y no se haya obtenido la devolución, se pueden hacer dos cosas:
- Esperar: Si todo es correcto, la Agencia Tributaria acabará devolviendo la Renta. Además, la administración devolverá el dinero con un 3,75% de intereses de demora por año a partir de los seis meses.
- Dirigirse a la Administración: Se puede requerir el pago de nuevo a través de un escrito de solicitud de la devolución.