Cómo se devuelve una hipoteca inversa


Qué hacer si se te ha disparado la hipoteca en la revisión
Esta hipoteca, diseñada como una alternativa para complementar la pensión contributiva, está enfocada a mayores de 65 años
En este caso, son los herederos del prestatario quienes se hacen cargo de la deuda
Con los precios por las nubes en cuanto a la vivienda se refiere, lo de solicitar hipotecas está a la orden del día. Sin embargo, no todas están al alcance de todos y con esto nos referimos a la conocida como hipoteca inversa, diseñada únicamente para mayores de 65 años propietarios de una vivienda o para aquellas personas que puedan acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 33% o sean dependientes.
Este tipo de hipoteca, tal y como recoge el Banco de España (BDE) en su Guía de acceso a la hipoteca inversa, consiste en un “crédito que recae sobre la vivienda” y provoca que la casa se convierta en una fuente de liquidez. Un funcionamiento contrario al de la hipoteca convencional, en la que se pide un préstamo para comprar un inmueble. No obstante, en la inversa es el titular quien recibe del banco una cantidad a cambio del piso sin tener que abandonar la vivienda.
MÁS
Además, por sus características, esta hipoteca también conocida con el nombre de “vitalicia” es una alternativa para las personas mayores para que lo complementen con la pensión contributiva, ya que la entidad no puede reclamar la devolución del dinero generado hasta que la persona que haya solicitado el préstamo haya fallecido. Eso sí, aquí la particularidad es quién se hace cargo de la deuda y cómo se devuelve. Un importe que incrementa a medida que pasa el tiempo.
Cómo devolver la hipoteca
La hipoteca inversa es la opción idónea para sacar rendimiento a una vivienda mientras se vive en ella sin la obligación de devolver el dinero prestado. Ahora bien, tras el fallecimiento del titular son los herederos los encargados de liquidar la deuda con la entidad en un plazo de un año aproximadamente si la opción escogida ha sido no transmitir la titularidad de la vivienda a la entidad financiera.
Por otro lado, si no se ha transmitido la titularidad, aparte de poder pagar el importe con su propio dinero, los herederos tienen otras opciones:
- Quedarse con la vivienda. Los nuevos titulares tienen que liquidar la deuda con el banco.
- Vender la vivienda. En este caso, pueden pagar la deuda con el importe obtenido y quedarse la diferencia.
- Suscribir una nueva hipoteca. Sustituyen la hipoteca cancelando la inversa y de esta manera, pueden quedarse con la casa.
Además, según señala el BDE, “circunstancias como que los herederos sean o no conocidos, o el modo y el momento en el que se acepta la herencia, provocan que el cobro de la deuda sea distinto”. Por ejemplo, si los herederos no aceptan, el acreedor se verá obligado a un procedimiento para cobrar la deuda, dirigiéndose contra la herencia yacente.