Cuándo se abona el segundo pago de la Renta 2021


Qué puedo deducir para ahorrar en la declaración de la Renta
Preparando el borrador de la declaración se puede saber si sale a pagar o a devolver
El segundo pago, que corresponde al 40% del importe, se tiene que hacer cuatro meses después de entregar la solicitud
Hacer la declaración de la Renta, una tarea tediosa para muchos, sirve para liquidar el IRPF de las rentas anuales obtenidas por el contribuyente. Un trámite obligatorio para la mayoría de trabajadores que tributan en España y que puede tener únicamente dos resultados. Mientras el negativo es que salga a pagar, el positivo es que Hacienda debe ingresar la cuantía indicada al usuario.
En el caso que el resultado sea el primero, hay que tener en cuenta que también existen unas fechas determinadas para abonar el importe a las arcas de la Agencia Tributaria.
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Ahora bien, aunque el 30 de junio acabó el plazo para presentar todos los documentos requeridos para el ejercicio de 2021, todavía se pueden realizar pagos en el caso de que la elección haya sido hacerlo de forma fraccionada.
Noviembre: mes en el que se debe abonar el segundo pago
En el caso de que no se aplace el pago, la cantidad requerida se puede abonar íntegramente o a plazos.
Por tanto, este último método, opción que sale por defecto cuando se presenta la declaración, va a ser la escogida en el caso de que no se quiera abonar toda la cantidad de golpe a Hacienda. Eso sí, los ingresos se tienen que hacer dentro de un periodo establecido y de una cuantía determinada..
Mientras que el primer plazo, en el que se debe pagar el 60% del importe, se hace en el momento de presentar la declaración de la Renta, el 40% restante se tiene que abonar cuatro meses después de haber entregado la solicitud.
Así entonces, el segundo pago se tiene que realizar concretamente el 7 de noviembre de 2022 y se puede hacer mediante un ingreso o domiciliación bancaria.
Pago aplazado
Si en la solicitud se ha marcado la casilla de ‘aplazar pago’ y se ha hecho efectiva, no se debe tener en cuenta la fecha citada. En ese caso, se debe abonar la deuda en un plazo inferior a 12 meses desde el día en el que se ha hecho la solicitud.
Una tercera alternativa posible pero que tiene un coste adicional, ya que Hacienda aplica un interés del 3,75%, tal y como se ha fijado en los Presupuesto Generales del Estado de este año.