Te pueden multar por encontrarte dinero en la calle y quedártelo: sí o no


Apropiarse de un dinero encontrado de casualidad en la calle te puede suponer una multa cuantiosa
Esta conducta está penada por ley, y los infractores se enfrentan a sanciones que acaban hasta en pena de prisión
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Hay quienes encuentran dinero en la calle de casualidad, miran a su alrededor y no tienen posibilidad de saber de quién puede ser. Ante esta situación, algunos optan por devolverlo o entregarlo a una Oficina de Objetos Perdidos, pero otros deciden apropiarse de estos euros con la idea de que han tenido un golpe de suerte.
Lo que pocos saben es que el hecho de quedarse con un dinero ajeno, puede salir caro. No solo se trata de una actitud avariciosa, sino que cuando la cantidad de dinero resulta importante, este comportamiento puede suponer una multa.
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Los artículos 253 y 254 del Código Penal son los que se encargan de regular estas situaciones en las que una persona se apropia de un bien ajeno, entre las que se encuentra la de coger una cantidad determinada de dinero en la calle y quedártelo.
Multa por encontrar dinero ajeno y quedártelo
El Código Penal establece que ‘si la cuantía de lo apropiado no excediera de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a tres meses’. En cambio, si se trata de cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico que supera la barrera de los 400 euros, la pena puede ascender entre los seis meses a los dos años de prisión.
Qué hacer si te encuentras dinero en la calle
La solución que da el Código Civil está planteada en el artículo 615, el cual tipifica que al encontrar algo, sea dinero o un objeto, ‘se debe restituir a su anterior poseedor’. En caso de que éste se desconozca o no aparezca, se puede contactar con la Policía Local o con las oficinas de Objetos Perdidos de los Ayuntamientos. Estos serán quienes custodien el bien a la espera de que sea reclamado.
Una vez depositado el artículo o el dinero, se abre un proceso en el que pueden ocurrir dos cosas:
- Que aparezca el legítimo propietario: lo que te corresponde una recompensa de la décima parte del valor del objeto o la vigésima si su valor supera los 12 euros.
- Que no aparezca: si pasan dos años y el dueño no ha dado señales de vida, el objeto pasa a ser propiedad del que lo halló.