Cuántos años hay que cotizar para cobrar el 100% de la pensión en 2023


Las prestaciones por jubilación experimentan una subida del 8,5% en 2023
Asimismo, este año aumenta el periodo requerido para llegar a percibir el 100% de la base reguladora
Cuánto tarda la Seguridad Social en conceder una pensión de jubilación
Las prestaciones por jubilación experimentan una subida del 8,5% este año y, tras este incremento, la pensión máxima se quedaría en más de 3.000 euros al mes.
Otra de las principales variaciones en relación con la jubilación este 2023 es que la Seguridad Social ha aumentado la duración del tiempo de cotización para quienes deseen poner fin a su vida laboral a los 65 años.
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Para tener derecho a cobrar como importe de pensión de jubilación el 100% de la base reguladora con la que se determina la misma, el causante de la pensión debe de haber cotizado un número mínimo de años. Ese número de años requerido también está evolucionando conforme a un calendario progresivo desde el año 2013 al año 2027.
Requisitos para cobrar el 100% de la pensión a partir de 2023
En 2022, la edad legal de jubilación ordinaria ascendía a 66 años y 2 meses en caso de acreditar menos de 37 años y 6 meses de cotizaciones. En cambio, si se acumulaban 37 años y 6 meses o más de cotización, era posible jubilarse con 65 años. Sin embargo, estas condiciones sufren ligeros cambios en los próximos años.
En 2023, la edad legal de jubilación ordinaria se retrasa dos meses respecto al año anterior. La edad de jubilación en 2023 son 66 años y 4 meses cuando se disponga de menos de 37 años y 9 meses de cotización. En cambio, en caso de acreditar 37 años y 9 meses o más de periodo cotizado, es posible jubilarse con 65 años.
A partir del año 2027, la edad de jubilación ordinaria será de 67 años para el caso de personas que hayan cotizado menos de 38 años y 6 meses, y de 65 años si se hubiese acumulado un periodo de cotización de 38 años y 6 meses o más.
Asimismo, el retraso de la edad legal de jubilación ordinaria, afecta a la edad mínima de jubilación anticipada voluntaria (24 meses antes de la edad legal ordinaria de jubilación) y a la de jubilación anticipada involuntaria (48 meses antes de la edad legal ordinaria).