Se debe declarar a Hacienda los pagos realizados por Bizum


Bizum es una herramienta que permite hacer pagos de dinero desde un dispositivo móvil de forma inmediata y a coste cero
Los pagos de Bizum, al igual que las transferencias bancarias, están sujetos a control tributario
Bizum: se puede o no tener en varios bancos
Enviar y recibir dinero nunca había sido tan fácil y rápido como hasta ahora. A través de la plataforma Bizum, una de las más populares en España y que cuenta con cerca de 21 millones de usuarios activos, se pueden hacer pagos instantáneos de una cuenta bancaria a otra a través del móvil y a coste cero.
Eso sí, existen una serie de aspectos a tener en cuenta para prevenir problemas o contratiempos de última hora. Entre ellos, evitar los conceptos prohibidos, la imposibilidad de anular un envío y también el límite de dinero que se puede enviar.
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En cuanto a esta última, también es importante llevar un control, ya que en función de la cantidad total que se perciba se va a tener que declarar a la Agencia Tributaria.
Control tributario
Los usuarios de Bizum suelen utilizar este sistema de pago entre amigos, familiares o compañeros de trabajo de forma esporádica. Ahora bien, independientemente de la cantidad, todos los movimientos que se realizan a través de esta herramienta son interpretados como transferencias bancarias y por tanto pueden estar sujetos a una inspección por parte de la Agencia Tributaria.
Aunque por norma general no se debe declarar, hay ciertas situaciones en las que sí va a ser obligatorio. Hacienda dicta que cualquier tipo de movimiento de dinero que se haga, ya sea personal o profesional, no debe superar los 10.000 euros anuales. En ese caso, la persona en cuestión va a tener que registrarlo en la declaración anual de la Renta.
De no hacerlo, está considerado como una infracción tributaria y se puede sancionar a pagar una multa del 20 o el 30 por ciento del recargo más los intereses en función del retraso.
Especial atención a los autónomos y a las actividades económicas
También se va a tener que declarar, obligatoriamente, en el caso de ser autónomo y se perciba a través de este servicio la retribución económica. De hecho, estos ingresos van a tener que verse reflejados como rendimientos de actividades económicas en la declaración junto con las correspondientes facturas.
Lo mismo ocurre con aquellos ingresos que se consigan a partir de una actividad que genere rentabilidad, como por ejemplo alquilar un párking o vender objetos de segunda mano, siempre y cuando supere la cantidad marcada por Hacienda y citada anteriormente.