Los 'influencers' ya tienen derechos y obligaciones, esta es su nueva ley


Los 'vloggers' son ya, por ley, responsables editoriales de los contenidos que publican
Están obligados a distinguir de forma explícita entre publicidad y contenidos editoriales
El incumplimiento de sus obligaciones puede acarrear sanciones y el cierre de su canal
Se acabó el limbo jurídico en el que se encontraban los 'vloggers'. Desde el 9 de julio, 'influencers', 'streamers' y creadores de contenido en general en las distintas plataformas de intercambio de vídeos ya tienen sobre el papel sus derechos y obligaciones. La nueva Ley General de Comunicación Audiovisual es el texto legal que regula el papel quienes a través de plataformas como YouTube, Instagram, Twitch o TikTok promocionan servicios o productos de terceros o comparten información que puede tener un impacto en la sociedad.
La Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), incluye unos principios generales aplicables a todo el ámbito audiovisual, como son la obligación de transmitir una imagen respetuosa de las personas con discapacidad, la protección de los usuarios respecto a contenidos que atentan contra la dignidad de la mujer o la veracidad de la información.
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"La irrupción y consolidación de estos nuevos agentes requiere de un marco jurídico que refleje el progreso del mercado y que permita lograr un equilibrio entre el acceso a estos servicios, la protección del consumidor y la competencia", que se expresa en el preámbulo.
Reponsables editoriales de los contenidos que publican
La legislación reconoce la actividad de los 'influencers', quienes realizan una actividad económica al obtener ingresos por sus vídeos y son responsables editoriales de los contenidos que publican. Y señala también el impacto que sus vídeos pueden tener entre el público, especialmente entre los jóvenes.
Por ello, deberán constar en un registro de nueva creación dependiente del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, y atender en sus contenidos a una serie de principios -citados en el Art. 86-, como el respeto a la dignidad humana y los valores constitucionales, promoviendo una imagen libre de estereotipos de las personas con discapacidad y la igualdad de género, y realizando actividades de alfabetización mediática.
Distinción entre publicidad y contenido editorial
Otra de sus obligaciones será la de distinguir de forma explícita entre publicidad y contenidos editoriales. Es parte del cumplimiento de la regulación sobre comunicaciones comerciales que deben cumplir a partir de ahora. Esta norma, además, les obliga a no emitir comunicaciones prohibidas por ser discriminatorias, vejatorias o encubiertas, y a no difundir publicidad de productos prohibidos.
Los 'influencers', asimismo, deberán contar con un conjunto de directrices y de códigos de conducta que guíen su trabajo, que ellos mismos deberán establecer, y asegurarse de su seguimiento y aplicación. También podrán suscribirse a convenios promovidos por la autoridad audiovisual competente.
El incumplimiento de sus obligaciones puede hacerles incurrir en una falta grave o leve con sus correspondientes sanciones y la posibilidad de que la plataforma en la que emitan se vea obligada a cerrar su canal.