Criptomonedas: se pueden o no heredar


Son monedas digitales que permiten adquirir bienes y servicios sin intermediarios
Las criptomonedas son bienes digitales y forman parte del patrimonio del fallecido
Arruinados por las criptomonedas: "El problema viene cuando te engañan, no por los riesgos de un mercado volátil"
A día de hoy son pocos los que no conocen la existencia de las monedas digitales, popularmente conocidas como criptomonedas. Activos digitales que emplean métodos de criptografía para asegurar las transacciones.
En otras palabras, son divisas virtuales y descentralizadas que no requieren intermediarios con las que se puede hacer una inversión, un intercambio o incluso cabe la posibilidad de ser un método de pago, eso sí únicamente en aquellos comercios o establecimientos que cuentan con este servicio.
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Desde el inicio de las criptomonedas, son muchos los españoles que han invertido en ellas y creado, a su vez, su cartera digital. Un hecho que puede provocar que al fallecer el usuario o propietario queden en el limbo y los familiares no sepan qué proceso hay que seguir. Por ello, en NIUS te explicamos cómo es posible heredar estas monedas virtuales.
De herencia: criptomonedas
Cuando una persona fallece, todos sus bienes y activos pasan a ser propiedad de los herederos señalados en el testamento. De esta manera, al ser un bien digital, las criptomonedas también forman parte del patrimonio del fallecido y pueden incluirse en la herencia. No obstante, el proceso es más complicado, ya que aunque se trata de dinero éste no está controlado por ninguna entidad bancaria o institución.
Para acceder a los monederos electrónicos o a las cuentas de los portales digitales se necesita una clave, imprescindible también para poder transferir activos. Por ello, una opción es compartir la contraseña en vida o dejarla plasmada en el testamento dejando constancia, a su vez, de dónde están dichas criptomonedas. Eso sí, ésta última no es la opción más recomendada, ya que se da acceso a terceros, quienes pueden robar las credenciales de acceso.
No obstante, actualmente hay algunos portales de intercambio de criptomonedas que permiten heredar siempre y cuando se pueda demostrar. Para ello, es imprescindible presentar una serie de documentos. Éstos son el certificado de defunción, el de Actos de Última Voluntad y también el testamento o la declaración de herederos.
Ahora bien, los herederos van a tener que hacer frente al Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Autónoma de residencia del fallecido. Sin embargo, teniendo en cuenta la volatilidad de este mercado, el pago de este impuesto va a variar en función del valor que tengan en ese momento, concretamente el día y hora en el que fallece el hasta entonces propietario.