Reforma de la Ley de Consumidores: se amplían las garantías y los plazos de reparación de los productos


Las garantías se han extendido de dos a tres años y la obligación de los fabricantes de disponer de respuestos de cinco a diez
También se incluye por primera vez los servicios digitales que no se pagan pero obtienen a cambio de compartir datos personales, como los perfiles en redes
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes una modificación de la actual normativa de consumo. Entre las novedades, se ha ampliado la duración de las garantías legales de bienes de dos a tres años. También incrementa de cinco a diez años el tiempo mínimo en el que los fabricantes están obligados a disponer de piezas de repuesto, una vez que el producto deja de fabricarse.
Asimismo, el Gobierno ha incluido nuevos derechos y garantías para los consumidores o usuarios, ante el auge del comercio online. La norma recoge además, por primera vez, la contratación de contenidos y servicios digitales que no cuestan dinero al consumidor sino que se obtienen a cambio de sus datos personales.
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Garantías y reparaciones
La nueva normativa, que traspone dos directivas europeas (2019/770 y 2019/771), recalca la durabilidad de un producto como criterio objetivo para que el consumidor evalúe si está conforme con la compra. Es decir, cuando un bien no dure en buenas condiciones el tiempo estipulado en el contrato de compra, "el cliente podrá elegir entre la reparación o la sustitución del mismo", según detalla el Ministerio de Consumo.
Así, se amplía el plazo de garantía legal de los bienes hasta los tres años y de dos años para los contenidos o servicios digitales. Asimismo, para impulsar la sostenibilidad y luchar contra la obsolescencia, se aumenta en de cinco a diez años el plazo mínimo durante el cual el fabricante está obligado a garantizar la existencia de piezas de repuesto, una vez que el producto deja de fabricarse.
Adicionalmente, para evitar que los consumidores sean inducidos a error, prevalecerán las garantías comerciales que se incluyan en la publicidad del producto, si éstas son más beneficiosas que las legales. Es decir, si el anuncio del televisor establece que la garantía es de cinco años, se tomará esta referencia y no el mínimo legal de tres años.
Servicios digitales
Esta reforma de la Ley de Consumidores también incluye a los contratos de suministro de contenido o servicios digitales. Incluso aquellos por los que el usuario no paga, pero para los que facilita sus datos personales a cambio de un servicio. El ejemplo más claro son los perfiles en las redes sociales.
Serán considerados suministros de contenidos "los programas informáticos, aplicaciones, archivos de vídeo, archivos de audio, archivos de música, juegos digitales, libros electrónicos u otras publicaciones electrónicas". En el caso de los servicios digitales, la modificación incluye a todos los que permitan la creación, el tratamiento, el acceso o el almacenamiento de datos en formato digital. Por ejemplo, los programas de edición de vídeo y fotografía. Quedarían excluidos los programas de código abierto.
Falta de conformidad
También se amplía el plazo para ejercer los derechos del consumidor. En este caso, de tres a cinco años. Además, se incrementa de seis a uno o dos años el plazo para probar que el producto no cumple lo acordado al comprarlo. Hasta ahora, esto se debía hacer en el momento de la entrega.
Las actualizaciones, mejoras o modificaciones estipuladas al adquirir o suscribirse a contenidos y servicios digitales, debido a su rápida evolución, pueden formar parte del compromiso contractual o pueden ser requeridas para cumplir los requisitos objetivos de conformidad. Sin embargo, otras modificaciones que se aparten de estos requisitos y que puedan preveerse al contratar el servicio, tendrán que ser expresamente aceptadas por el usuario en el momento de la compra.