Pensionistas: tienen o no que hacer la declaración de la Renta


Las pensiones deben tributarse del mismo modo que cualquier otro rendimiento de trabajo
Eso significa que deberán presentar la renta quienes perciban rendimientos superiores a 22.000 o 14.000 euros anuales
Sin embargo, existen excepciones y hay pensiones que están exentas de liquidar el IRPF
La campaña de la renta de 2021 está a punto de arrancar. Las personas obligadas a presentar la liquidación del IRPF son todas aquellas que perciban unos rendimientos de trabajo anuales superiores a 22.000 euros. También aquellas que perciban 14.000 euros si existe un segundo pagador, siempre que los ingresos procedentes del segundo y siguientes pagadores hayan sido superiores a 1.500 euros.
La Ley de IRPF establece que también deberán presentar la declaración “las pensiones y haberes pasivos percibidos de los regímenes públicos de la Seguridad Social y demás prestaciones públicas por situaciones de incapacidad, jubilación, accidente, enfermedad, viudedad, o similares”.
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De este modo, la pensión de jubilación, probablemente la más común, deberá incluirse en la declaración porque se considera una prestación pasiva. Sin embargo, hay algunas excepciones.
Qué pensionistas deben hacer la declaración de la renta
Como ya hemos avanzado, las pensiones que superen los rendimientos de trabajo de 22.000 euros anuales deberán presentar la declaración de la renta.
Cabe tener en cuenta que Hacienda también incluye como segundo pagador a las pensiones procedentes del extranjero y los rescates totales o parciales de un plan de pensiones. Si cualquiera de estos rendimientos supera los 1.500 euros anuales, se deberá hacer la declaración a partir de los 14.000 euros anuales.
También deberán presentar la declaración aquellas personas que tengan un rendimiento de capital que supere los 1.600 euros anuales o quienes hayan obtenido ganancias patrimoniales (provenientes de juegos, concursos o fondos de inversión).
Qué pensionistas están exentos de presentar la declaración
Por otro lado, las pensiones que no lleguen a los 22.000 o 14.000 euros anuales no deberán presentar la declaración. Asimismo, existen una serie de rentas que están exentas de hacer la declaración de la Renta. Estas son:
- Pensiones de orfandad.
- Pensiones por incapacidad permanente o gran invalidez, ya sean provenientes de la Seguridad social o de un seguro privado.
- Pensiones a favor de familiares por incapacidad absoluta de su titular.
- Prestaciones por auxilio de defunción.
- Prestaciones derivadas de actos de terrorismo.
- Prestaciones familiares por hijo a cargo.
- Pensiones a personas lesionadas o mutiladas por la Guerra Civil.
- Pensiones compensatorias del cónyuge.