Qué documentos necesito para hacer la declaración de la Renta


Cuáles son las rentas exentas de impuestos
Si haces la declaración de la renta por Internet, no será necesario que presentes ningún documento
Sin embargo, es importante tener a mano los documentos identificativos y del tipo de renta percibida por si te hacen una inspección
A partir del 6 de abril ya se podrá presentar la declaración de la renta para liquidar el IRPF de 2021 por Internet. Los contribuyentes tendrán que esperar hasta el 5 de mayo para poder hacerlo por teléfono o hasta el 1 de junio para acudir presencialmente a las oficinas de la Agencia Tributaria.
La modalidad de presentación elegida determinará los documentos que vas a necesitar. Si haces la declaración de la Renta por Internet, solo tendrás que rellenar los campos correspondientes sin necesidad de presentar ningún documento. Por otro lado, si haces la declaración por teléfono o de manera presencial, sí que tendrás que tener a mano una serie de documentos.
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No obstante, es interesante contar con toda la documentación, independientemente de cómo presentes la declaración, para poder comprobar la veracidad de los datos o aportarla en caso de inspección.
Documentos identificativos
Los documentos que deberá presentar todo contribuyente son:
- El número de referencia del titular de la declaración como método de identificación.
- El DNI de la persona solicitante.
- El número de IBAN de la cuenta bancaria.
- Las referencias catastrales tanto de los inmuebles en propiedad como de los de alquiler.
- Documentos para acreditar cambios en la situación personal o familiar que hayan ocurrido en 2021.
Documentos necesarios según el tipo de renta
Más allá de los datos identificativos que son iguales para todos, existen otros documentos que tendrás que presentar según el tipo de renta que percibas.
- Si eres un asalariado, deberás presentar los rendimientos de trabajo: un certificado emitido por el pagador con tus retribuciones.
- Si eres autónomo, tendrás que presentar los rendimientos de actividades económicas. Esto incluye el personal empleado, el consumo del local o la cuota de autónomos, entre otros.
- Si recibes ingresos obtenidos por alquileres, la documentación a presentar será de rendimientos del capital inmobiliario: referencia catastral, ingresos percibidos y deducciones.
- Si tienes inversiones como letras del tesoro o depósitos o alquilas bienes muebles, tendrás que presentar los rendimientos del capital mobiliario: certificados bancarios y contratos.
- Cualquier otra inversión o ganancia se presentará con las ganancias y pérdidas patrimoniales: documentación de fondos de inversión, venta de la vivienda habitual, premios, venta de acciones, herencias o pérdidas, entre otros.
Hasta cuándo tengo que conservar estos documentos
Además de los documentos especificados, puede ser que necesites presentar otros para justificar tus deducciones. No obstante, todos los documentos tienen algo en común: el tiempo que los tienes que conservar.
La Agencia Tributaria dispone de cuatro años para verificar los datos aportados desde el fin del plazo de la presentación. Esto significa que durante estos años puede pedirte cualquiera de estos documentos.