Qué deudas de la Seguridad Social se pueden aplazar


La duración total del aplazamiento de una deuda de la Seguridad Social por parte de autónomos o empresarios no podrá exceder de cinco años
Se puede solicitar el aplazamiento por cualquier deuda, incluidos los recargos, intereses y costes, aunque hay dos tipos de cuotas que son inaplazables
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A día de hoy, muchos autónomos y pequeños empresarios tienen problemas de liquidez. Esto hace que se encuentren con serios problemas a la hora de pagar sus deudas a la Seguridad Social. Si este es tu caso, puedes solicitar el aplazamiento de las cuotas.
Se trata de un acto administrativo que solicita el deudor y mediante el cual se autoriza el pago de las deudas fuera del plazo reglamentario de ingreso, siempre que exista una causa que lo justifique. La duración total del aplazamiento de una deuda no podrá exceder de cinco años.
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El aplazamiento permite no solamente afrontar en pequeñas cuotas mensuales estos deberes con la Tesorería, sino también aparecer automáticamente en las bases de datos oficiales sin deudas pendientes y al corriente de las obligaciones.
Qué deudas son aplazables
Por un lado, se puede solicitar el aplazamiento por cualquier deuda de la Seguridad Social, incluidos los recargos, intereses y costes. La concesión del aplazamiento genera un interés del 3% que será exigible hasta la fecha de pago.
Por otro lado, existen dos tipos de cuotas que son inaplazables:
- Las que se pagan para dar cobertura a los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.
- Las que abona la empresa en nombre de la persona trabajadora, es decir, el importe de la nómina que se retiene al trabajador por las cotizaciones.
Las cuotas inaplazables se deben ingresar en el plazo de un mes desde la fecha en que se aprueba la concesión del aplazamiento para que este tenga validez.
Cómo solicitar el aplazamiento
Debes presentar un comunicado a la Administración de la Seguridad Social de tu provincia, vía presencial o telemática, que contenga de manera obligatoria la siguiente información:
- Identificación clara del deudor y de la deuda.
- Lugar a efecto de notificaciones.
- Expresión de los motivos que justifican el aplazamiento solicitado.
- Plazo y vencimientos que se solicitan.
- Garantías que se ofrecen, en caso de que fueran necesarias.
- Puedes aportar la documentación que consideres pertinente y que acredite lo indicado anteriormente.
🗨️¿Puedo solicitar un aplazamiento de mis deudas a la #SeguridadSocial?
— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) 19 de enero de 2022
👉Sí, te será concedido si reúnes una serie de condiciones.
✍️Más info: https://t.co/EjeNvo0PuM
💻Puedes solicitarlo aquí: https://t.co/CzUYT3fdrH
El plazo para resolver es de tres meses, comenzando a contar desde el día en que se presenta en el registro. Si no existe una resolución expresa, se debe entender que la solicitud ha sido desestimada. En caso de que fuera aceptada, la resolución deberá indicar la cuantía de la deuda, el periodo aplazado, así como el plan de pagos establecidos.
Cómo pagar las deudas
Lo primero que debes hacer es disponer del documento de deuda o ingreso para poder indicar el número de referencia o expediente y el número de cuenta que figura en el documento. Además, tendrás que introducir los datos de tu tarjeta. Cuando hayas rellenado todos los datos que se necesitan para completar el pago, hay que seleccionar la opción 'Realizar el pago'. El pago se considera efectuado a partir del momento en que es ingresado en la cuenta de la Tesorería General de la Seguridad Social.