¿Por qué los asalariados pierden poder adquisitivo? Sólo uno de cada seis convenios incluye cláusulas de revisión salarial

Apenas alcanzan al 17% de los trabajadores afectados por acuerdos de negociación colectiva
El refuerzo de estas cláusulas, mientras la inflación se dispara, condiciona las negociaciones entre patronal y sindicatos
La pérdida de poder adquisitivo en los sueldos de los asalariados españoles se acentúa. Al menos, si consideramos la diferencia entre la inflación, que se dispara un 4%, y la subida salarial media pactada en convenios colectivos. Esta se situaba en septiembre en el 1,46%, el nivel más bajo registrado a estas alturas del año desde 2017.
La mayoría de los analistas de organismos públicos y privados aún coinciden en que los precios seguirán subiendo en este arranque de otoño, pero pueden moderarse a finales de año para situar la media de los 12 meses en un nivel más cercano al 2%. Siempre, eso sí, que la situación provocada por los precios de la energía en España y Europa se estabilice.
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Pero incluso en este escenario, el IPC quedará por encima de las subidas pactadas en convenio, que siguen desacelerando su subida sin haber recogido siquiera el impacto de la subida del 1,6% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) aprobada con efectos retroactivos desde septiembre.
En una reciente intervención ante III Congreso Regional de la Empresa Familiar de Murcia, el gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de Cos, señaló los dos motivos por los que una subida del IPC no se traslada a un incremento de los costes salariales:
- El carácter plurianual de la negociación colectiva (la duración media de un convenio es de 3,2 años).
- La escasa prevalencia de las cláusulas de revisión salarial.
De hecho, según sus estimaciones, la evolución de la inflación influye sobre los incrementos salariales de solo un tercio, aproximadamente, de los convenios colectivos. Pero puede que esta visión del responsable del BdE pecara de optimista: con los datos de convenios registrados hasta septiembre, sólo uno de cada seis cuenta con estas cláusulas de salvaguarda.
Las cláusulas de revisión salarial alcanzaban únicamente al 17% del total de trabajadores afectados por acuerdos de negociación colectiva con efectos económicos en 2021, una tasa similar tanto para los convenios sectoriales como para los de empresa.
Los datos son provisionales –al ser plurianuales muchos convenios se registran a posteriori–. Aun así, se trata la menor tasa de trabajadores protegidos por convenios con estas ‘cláusulas de salvaguarda’ en los nueve primeros meses del año. Al menos desde 2013, cuando la estadística se modificó para reflejar los cambios introducidos en la negociación colectiva por la reforma laboral.
La revisión salarial pierde peso desde 2012
Existe un tercer factor que aleja aún más la evolución de los salarios de la de la inflación. Y es que, a pesar de su nombre, la cláusula de revisión salarial no siempre implica una compensación directa entre la desviación de la subida pactada y el IPC.
Sólo para el 42% de los convenios con estas cláusulas la revisión tiene efectos retroactivos. Su materialización depende del acuerdo alcanzado en cada caso entre las empresas –o la patronal, si es un convenio sectorial– y los sindicatos.
Precisamente, el IV Acuerdo de Negociación Colectiva firmado por patronal y sindicatos para 2018, 2019 y 2020 da vía libre a en los convenios colectivos para establecer –o no– estas cláusulas según “los indicadores que en cada caso estimen aplicables los negociadores”.
Esta redacción es la misma que la del Acuerdos para el periodo 2015-2018, vigente tras un periodo de moderación salarial y control de la inflación, que llegó incluso a terrenos negativos, por lo que el papel de las cláusulas de revisión salarial perdió relevancia en los convenios.
Pero los precios empezaron a subir en 2017, muy por encima de los sueldos (aunque no con la intensidad registrada en 2021). Esto convenció a los agentes sociales de firmar un Acuerdo en 2018 más proactivo en lo que se refiere a la subida salarial –recogía una subida anual del 2% más un 1% variable–, pero igual de poco flexible ante la volatilidad alcista de la inflación en una situación como la actual.
El escaso peso de los convenios con cláusula de revisión salarial se percibe también en la diferencia prácticamente nula entre la variación salarial media y la revisada, especialmente a partir de los cambios en el Estatuto de los Trabajadores de 2012 y que se mantiene en la actualidad.
Antes, cuando la inflación superaba la variación salarial contribuía con mayor intensidad a paliar esta brecha.
La defensa de este sistema es que, como los sueldos no bajan cuando la inflación es negativa, como ocurrió en 2020 y en otros momentos de crisis, se traduce en una ganancia media de poder adquisitivo en los 3,2 años de media que dura un convenio.
Sueldo mínimo para los convenios
Pese a ello, la evolución de la inflación este año está dando pie a los sindicatos para exigir la firma inmediata del postergado V Acuerdo de Negociación Colectiva, pendiente para este y los próximos dos años. Aquí el acuerdo es más difícil que en 2018.
- UGT y CCOO quieren una redacción que refuerce el peso de las cláusulas de revisión salarial para compensar la pérdida de poder adquisitivo.
- La patronal quiere mantener el margen para ligar las subidas a la productividad y la situación de la economía, en lugar de únicamente a la inflación.
Pero los sindicatos mueven ficha incluso más allá de las cláusulas de revisión salarial: el secretario general de UGT, Pepe Álvarez, ya lanzó la propuesta de un salario mínimo en los convenios de 1.100 euros –150 euros por encima del SMI—precisamente para combatir esta pérdida de poder adquisitivo
Y tras los encontronazos en la negociación del SMI y la vinculación de este debate con el de la nueva reforma laboral –que también volverá a afectar a la negociación colectiva–, el horizonte de este acuerdo se mantiene en la incertidumbre.