Preguntas y respuestas sobre los ERTEs del coronavirus y otros cambios laborales

La media de la prestación de los expedientes de regulación temporal de empleo que se están presentando es de 860 euros al mes
Desde el Gobierno no se atreven a hacer una previsión pero reconocen que los ERTEs se están multiplicando
Colapsados. Trabajando al 300%. Así estaban las oficinas de empleo este miércoles. Además se les ha caído el sistema. Solo a nivel estatal, este miércoles se han registrado 500 ERTEs (expedientes de regulación temporal de empleo). Cada una de las consejerías de empleo de las autonomías recibe otros cientos. El número se está multiplicando, admiten desde el Gobierno. Es pronto para hacer balance del bajón en el mercado laboral. Pero se prononóstica demoledora.
Del decreto ley de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19, siguen surgiendo aclaraciones. En NIUS ya te hemos contado:
- La moratoria de las hipotecas. Quién y qué requisitos hay que cumplir para solicitarla.
- Las ayudas a los autónomos: en qué consisten y cómo se tramitan.
- La letra pequeña: desde la portabilidad del móvil hasta el gasto urgente para familias y niños en situación de pobreza.
- Cómo solicitar el paro si las oficinas del SEPE están cerradas.
No acaban los detalles. Aquí va otra lista de preguntas:
¿A cuánta gente se va a despedir?
No lo sabe ni el Gobierno, pero será elevada. El secretario general de CCOO, Unai Sordo, hablaba de un millón de trabajadores en el paro temporalmente.
¿Cuál es el número de ERTEs presentados?
Tampoco se conoce la cifra. Va aumentando conforme pasan las horas. Se sabe que la media de lo que están cobrando ahora mismo los que se han ido a un ERTE son 860 euros al mes por trabajador.
¿Qué empresas y trabajadores se pueden acoger a las condiciones que ha dejado el plan de choque?
El derecho a cobrar el paro, se haya cotizado lo suficiente o no, se aplicará a todos los ERTEs presentados cuya causa mayor haya sido el Covid-19. Se aplicará con efectos retroactivos en este sentido.
¿Tiene el Estado dinero para pagar prestaciones a todos?
El SEPE (el antiguo INEM) tiene un presupuesto actual de 20.000 millones para pagar prestaciones. Es evidente que se quedará corto. Habrá que ir ampliando, pero no supondrá un problema: ya se hizo en la pasada crisis de 2008. En el peor de los años superó los 30.000 millones de euros con una tasa de paro del 25%.
¿Qué ocurre con las empresas con contratos públicos?
Se les va a pagar una indemnización a cambio de que mantengan el empleo a sus trabajadores.
¿Qué tiene que hacer una empresa para acogerse a estas nuevas condiciones de ERTE?
La novedad es que no tendrán que pagar las cuotas a la seguridad de los trabajadores durante ese tiempo (o solo el 25% de la cantidad si la empresa tiene más de 50 empleados). Es decir, la empresa no tendrá ningún coste salarial mientras dure el ERTE. A cambio se tiene que comprometer a mantener el empleo seis meses cuando vuelva la normalidad.
¿Cuánto puede durar un ERTE?
De momento, los que se están solicitando son para un plazo de 15-30 días. Es un mecanismo flexible: la empresa puede ampliarlo sobre la marcha si la situación no mejora o se alarga la situación de Estado de alarma.
Mi empresa me ha mandado al ERTE, ¿tengo que hacer algo para cobrar el paro?
En principio, no. Como novedad, las autoridades laborales, una vez aprobado el ERTE, comunicarán al SEPE (el antiguo INEM) los nombres de las personas afectadas. Se cursará el pago de la prestación a final de mes calculando desde el día en el que se presentó el expediente de regulación de empleo.
Los becarios, ¿puede acogerse a un ERTE?
No, no tienen derecho a prestación.
¿Y una persona con un contrato fijo-discontinuo?
Sí. Por primera vez se contempla una medida en este sentido. Afectará sobre todo a puestos de trabajo ligados al turismo y hostelería. Una empresa que durante la temporada de Semana Santa no pueda incorporar a estos trabajadores por culpa del coronavirus, los podrá mandar a un ERTE. Además, se les compensará con 3 meses más de paro (van a estar sin trabajar más tiempo del previsto por culpa de la epidemia). El año pasado, de media, 372.800 personas tuvieron este tipo de contrato “fijo-discontinuo”.
No me voy a un ERTE pero necesito flexibilizar mi jornada laboral.
El decreto amplia esta posibilidad con dos medidas.
- La jornada se puede reducir hasta el 100%. No hay mínimo ni máximo como hasta ahora. La reducción supondrá la merma consiguiente en el salario.
- Derecho a la adaptación. Es una figura nueva y supone que el trabajador puede elegir desde qué jornada quiere hacer, en qué turno, en qué centro...
Las empresas están obligadas a aceptar estos cambios. El decreto dice que se tienen que realizar de manera “justificada, razonable y proporcionada”. Se asume que lo razonable es lo que pida el trabajador. El empresario tendría que demostrar que eso no es así si no está de acuerdo.
¿Cuánto tiempo durarán estas medidas?
En el momento en el que se vuelva a la normalidad, todas las novedades que se han introducido en la legislación laboral dejarán de tener efecto.