La lista de los 42 sectores protegidos por los ERTE a partir del 1 de octubre


Las actividades más protegidas por los ERTE serán aquellas en las que la crisis sanitaria no haya permitido recuperar aun a buena parte de los trabajadores acogidos a este mecanismo de protección
Las empresas de menos de 50 trabajadores tendrán exoneraciones de de las cotizaciones sociales del 85%, y del 75% si son más grandes
También se incluye a las empresas cuyos negocios dependan directamente de los sectores más golpeados
Actividades relacionadas con el turismo, con la celebración de espectáculos y con el transporte son algunas de las que conforman la lista de 42 sectores en los que el Gobierno pondrá el foco de mayor protección en los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo que se prorrogan a partir del jueves 1 de octubre.
Se trata de los sectores más golpeados por la crisis del covid-19 y según el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre publicado este miércoles en el BOE, incluye a las que desde el principio de la crisis sanitaria hasta ahora, no han llegado a recuperar a las personas trabajadoras reguladas en porcentajes significativos. El acuerdo fija que se aplica en los que se ha recuperado de lor ERTE a menos del 65% de personas trabajadoras y que pertenecen a sectores específicos en los que más del 15% del total de afiladas están cubiertos por el mecanismo de regulación de empleo.
En estos casos las exoneraciones las cuotas la Seguridad Social serán de un 85% para las empresas de menos de 50 trabajadores y del 75% para las más grandes.
También podrán acceder a las exoneraciones aquellas compañías cuyo negocio dependa, indirectamente y en su mayoría, de las empresas anteriores, o que formen parte de la cadena de valor de estas. En concreto, se trata de empresas cuya facturación se haya generado durante el pasado año, al menos, en un 50%, en operaciones realizadas directamente con las incluidas en alguno de los sectores más golpeados. también se aplica a aquellas cuya actividad real dependa indirectamente de la desarrollada por las primeras. En estos casos, la solicitud de declaración de empresa dependiente o integrante de la cadena de valor deberá ser presentada entre los días 5 y 19 de octubre de 2020.
Las actividades que se incluyen en la lista son:
- Extracción de minerales de hierro.
- Fabricación de explosivos.
- Edición de periódicos.
- Producción de metales preciosos.
- Actividades de los operadores turísticos.
- Actividades de las agencias de viajes.
- Transporte aéreo de pasajeros.
- Reproducción de soportes grabados.
- Transporte espacial.
- Comercio al por mayor de cueros y pieles.
- Alquiler de medios de transporte aéreo.
- Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.
- Gestión de salas de espectáculos.
- Alquiler de otros efectos personales y artículos de uso doméstico.
- Actividades auxiliares a las artes escénicas.
- Comercio al por menor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos en establecimientos especializados.
- Fabricación de instrumentos musicales.
- Fabricación de artículos de bisutería y artículos similares.
- Organización de convenciones y ferias de muestras.
- Alquiler de cintas de vídeo y discos.
- Hoteles y alojamientos similares.
- Reparación y mantenimiento aeronáutico y espacial.
- Artes gráficas y servicios relacionados con las mismas.
- Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.
- Tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.
- Transporte de pasajeros por vías navegables interiores.
- Otras actividades de impresión y artes gráficas.
- Artes escénicas.
- Actividades de exhibición cinematográfica.
- Fabricación de alfombras y moquetas.
- Actividades de fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de oficina.
- Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos.
- Estirado en frío.
- Actividades anexas al transporte aéreo.
- Fabricación de artículos de joyería y artículos similares.
- Otros alojamientos.
- Transporte marítimo de pasajeros.
- Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros.
- Transporte por taxi.
- Fabricación de instrumentos de óptica y equipo fotográfico.
- Lavado y limpieza de prendas textiles y de piel.
- Otras actividades recreativas y de entretenimiento.