Facua denuncia a 27 aerolíneas por no disponer de teléfono gratuito de atención al cliente


De las 33 compañias analizadas, siete de cada 10 "se saltan la ley" con esta práctica y solo seis ofrecen teléfono gratuito
De las 24 restantes, cuatro facilitan números gratuitos sólo para clientes y otras no muestran el teléfono correctamente en la web
Facua ha denunciado a 27 aerolíneas ante la Dirección General de Consumo y las autoridades de protección al consumidor de la comunidades autónomas por obligar a llamar a teléfonos de pago para la atención a las consultas y reclamaciones de los usuarios.
La entidad ha realizado un análisis sobre 33 compañías que ha concluido con que siete de cada diez aerolíneas "se saltan la ley" con esta práctica. De estas 33 aerolíneas analizadas, solo seis ofrecen únicamente teléfonos gratuitos (Air Nostrum, Alitalia, Eurowings, Norwegian, S7 y Vueling) de atención al consumidor.
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Otras tres facilitan líneas gratuitas, pero las restringen a determinadas gestiones o no las muestran correctamente en su web (British Airways, Iberojet y Ryanair).
De las 24 restantes, cuatro facilitan números gratuitos sólo para clientes, pero no a quienes quieran consultar dudas antes de haber comprado el billete (Binter, Canary Fly, Iberia y Plus Ultra).
De las 20 compañías que no disponen de ningún teléfono gratuito, ni para clientes ni para no clientes, una ofrece una línea de tarificación adicional con prefijo 807 (Wizzair), otra facilita una línea 901 (TAP Air Portugal), dos dan tanto líneas 902 como prefijos geográficos nacionales (Blue Air y Volotea), 14 indican prefijos geográficos nacionales (Air Europa, Airfrance, American Airlines, Condor, Easyjet, Finnair, Iceland Air, Jet2, KLM, SAS, Transavia, Wamos Air, EgyptAir y Qatar Airways), una un móvil nacional (AlbaStar) y una un teléfono con prefijo de fuera de España (Luxair).
Según señala Facua, desde el pasado diciembre, el artículo 21 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, recoge que "en los supuestos de servicios de carácter básico de interés general, las empresas prestadoras de los mismos deberán disponer, en cualquier caso, de un teléfono de atención al consumidor gratuito".
En cuanto a las empresas que no ofrecen servicios básicos de interés general, están obligadas a que sus teléfonos de atención al cliente tengan prefijos geográficos nacionales o numeraciones móviles.
Facua indica a los consumidores que se vean obligados a llamar a líneas de alto coste que podrán reclamar a las empresas el abono de las cantidades que tengan que pagar por ello a sus compañías de telecomunicaciones. Y en los casos en que sea obligatorio facilitar líneas gratuitas, también puede reclamarse el importe de las llamadas a teléfonos móviles y fijos con prefijos nacionales o internacionales.