Cuáles son las rentas exentas de impuestos

Anastasia KostenkoBarcelona.

Estas son las rentas exentas de tributar.Pixabay.
La campaña de la declaración de la Renta 2021-2022 comenzará el 6 de abril y finalizará el 30 de junio
Hay una serie de ingresos que no tienes la obligación de tributar
La mayoría de las rentas exentas a tributar están recogidas en el artículo 7 de la Ley del IRPF
En tu declaración del IRPF tienes que incluir todas tus rentas, es decir, todos los rendimientos del trabajo, capital, actividades económicas, las ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta establecidas por ley.
No obstante, en algunos casos, hay rentas que, aunque estés obligado a declararlas, no tienes que pagar nada por ellas. Estas son las rentas exentas de tributar, las cuales están recogidas en el artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
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Estas excepciones suelen estar relacionadas con proteger a determinados colectivos, primar ciertas situaciones o incentivar actividades económicas concretas.
Rentas exentas reconocidas por Hacienda
- Prestaciones por maternidad o paternidad: tampoco habrá que pagar por las ayudas de las comunidades autónomas por adopción, acogimiento o cuidado de menores.
- Indemnizaciones por despido o cese del trabajador: están exentos los primeros 180.000 € que recibas en concepto de indemnización por despido. El exceso que percibas como compensación sí que tributaría como rendimiento del trabajo en la Renta.
- Anualidades por alimentos: percibidas de los padres en virtud de decisión judicial.
- Capitalizar el paro: cuando se recibe la prestación por desempleo a través de un pago único no se tributa en la Renta.
- Rendimientos del trabajo percibidos por trabajos realizados en el extranjero: podrás dejar de declarar los primeros 60.100 € del salario que hayas percibido por tu trabajo en el extranjero.
- Becas públicas: están exentas de tributar las becas públicas concedidas por el Estado y determinadas fundaciones. Esta exención tendrá unos límites según el nivel de estudios que se esté cursando. No se aplica a los contratos en prácticas, que sí hay que incluirlos en la declaración de la renta.
- Indemnizaciones de seguros de accidente por responsabilidad civil: solo por la cuantía legalmente establecida o que marque la sentencia judicial, si procede.
- Premios de loterías, apuestas y sorteos: están exentos los primeros 40.000 € de los premios de las Loterías y Apuestas del Estado.
- Prestaciones por incapacidad y gran invalidez: el límite de este privilegio será el importe de la prestación máxima reconocida por la Seguridad Social.
- Pensiones por incapacidad permanente: siempre que estés inhabilitado por completo para cualquier trabajo.
- Prestaciones por entierro o sepelio: otro ingreso que suelen pagar los seguros.
- Dietas y la mayoría de rendimientos de trabajo en especie: tampoco habrá que incluir las dietas y gastos de viaje.
- Rentas exentas para personas con discapacidad: también están exentas las ayudas económicas de las instituciones públicas a personas con un grado de discapacidad igual o mayor al 65% y a mayores de 65 años para el pago de las residencias o centros de día.
- Determinados premios literarios: para ello deben estar expresamente reconocidos como tales, como los premios Princesa de Asturias.
- Las ayudas para deportistas de alto nivel: se aplica en este caso a las ayudas económicas para la formación y tecnificación con un límite de 60.100 € anuales.
- Los Planes de Ahorro a Largo Plazo: no pagan impuestos si se mantienen durante un mínimo de 5 años.