Multas de hasta 750 euros para las terrazas de Almería donde se tiren servilletas al suelo


El Ayuntamiento de Almería lleva a Pleno este jueves la aprobación definitiva de la nueva ordenanza de limpieza de espacios público
Obliga a los hosteleros a colocar pequeñas papeleras en las mesas y a los clientes a usarlas para evitar que vuelen
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El feo gesto de tirar las servilletas de los bares al suelo de la vía pública tiene los días contados en Almería. Y la forma de evitarlo es a golpe de multa, con sanciones que van desde los 120 a los 750 euros, según la nueva ordenanza de limpieza de espacios públicos que el ayuntamiento tiene previsto llevar a Pleno este jueves para su aprobación definitiva.
La norma estima que los titulares de los establecimientos hosteleros son responsables de las servilletas que se encuentran en el suelo y no son depositadas por los clientes en las papeleras o recipientes que tienen que ubicarse en las mesas de las terrazas al aire libre.
La propuesta que se elevará a votación por parte de la corporación llega tras las alegaciones presentadas durante el periodo de exposición pública por la Asociación de Empresarios Hosteleros de Almería (Ashal), de entre las cuales se rechaza eximir de responsabilidad a los bares que tengan servilletas en los suelos dado que, entre sus obligaciones, está la de mantener limpia el área afectada por su actividad.
Según fuentes municipales, el texto aceptará la sugerencia de los hosteleros de tener una única papelera o recipiente cuando haya un conjunto de mesas agrupadas, si bien rechaza la ausencia de estas papeleras en los casos en los que se empleen servilletas de tela o asimiladas, dado que estos recipientes tienen por objetivo depositar cualquier tipo de desperdicio o residuo y no solo servilletas.
Multas de hasta 750 euros
Con ello, el texto prevé sanciones leves, con multas de entre 120 y 750 euros, por no mantener limpia el área afectada por su actividad a los propietarios de bares y restaurantes, pero también a los de establecimientos de venta de chucherías, de máquinas expendedoras, de cajeros automáticos, de administraciones de loterías, así como de cualquier otra actividad que pueda producir residuos y envoltorios desechables.
Las mismas multas pueden darse entre los propietarios de establecimientos que no pongan a disposición de sus clientes mobiliario suficiente y accesible, como papeleras y ceniceros, en la puerta de sus establecimientos, para que puedan deshacerse de los residuos.
No colocar una papelera o recipiente de pequeño tamaño en cada una de las mesas --o mesas agrupadas-- colocadas en el espacio público por parte de los titulares de los establecimientos de restauración con un diseño tal que impida que los residuos allí depositados se dispersen por causa del viento, puede ser también causa de sanción.
Los clientes también pueden ser sancionados
Los clientes que no hagan uso de las papeleras o recipientes colocados en las mesas de los establecimientos de restauración, o quienes arrojen a los espacios públicos cualquier clase de desperdicios, como servilletas, restos de comida o cascos de botellas, entre otros elementos, así como a quienes los arrojen a solares o fincas particulares, pueden recibir también una sanción leve.