El TSJA da la razón a una maestra sorda de Granada que lleva 10 años reclamando intérprete de lengua de signos


Lo solicitó tras obtener su plaza en el proceso selectivo de 2011 por el turno de discapacidad
“Situación de absoluto abandono administrativo”, señala la sentencia, que ya es firme, sobre la actuación de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía
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La Justicia ha dado la razón a una maestra de Granada, con discapacidad auditiva, que solicitaba una persona intérprete de lengua de signos para sus clases. El hecho de no contar con este apoyo imposibilitaba su comunicación con el alumnado, con sus compañeros docentes y con las familias, así como una participación normalizada en la vida del centro y en sus órganos.
Así lo recoge una sentencia de la sala de lo contencioso administrativo del TSJA que consolida los derechos relativos a la adaptación del puesto de trabajo de las personas con discapacidad auditiva, confirmando la inacción de la administración ante este tipo de demandas y haciendo patente el desamparo en el que está dicho colectivo.
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El 29 de marzo de 2021, la afectada a través del sindicato USTEA ENSEÑANZA de Granada ganó en primera instancia esta demanda, posteriormente recurrida por la Consejería de Educación y Deporte de Andalucía, recurso de apelación que ha sido ahora totalmente desestimado por el TSJA con una sentencia que ya es firme.
Proceso largo y tortuoso
La trabajadora obtuvo su plaza en el proceso selectivo de 2011 por el turno de discapacidad. Poco después, inició el procedimiento administrativo estipulado para lograr una adaptación de su puesto de trabajo, que consistía en contar con el apoyo permanente de una persona intérprete de lengua de signos. Un proceso largo y tortuoso, señalan desde el sindicato, que hubo de reiniciarse una segunda vez por un supuesto error de forma.
“La actitud de la Consejería de Educación fue dilatoria, alargando los tiempos de respuesta que concluían en silencio administrativo”, señalan, tal y como recordaba la primera sentencia: “Situación de absoluto abandono administrativo a la que ha sido sometida la recurrente, la relación de escritos presentados ante la Consejería de Educación, durante estos 10 años, que se acompañan con la demanda, y que nunca han obtenido respuesta”.
De este modo y tras años de reclamación administrativa se llevó a la demandante a “un callejón sin salida, lo que cuestiona la eficacia de este tipo de procesos fuertemente burocratizados, cuya duración e inconclusión ponen en claro riesgo los derechos y la salud misma de los y las trabajadoras”, lamentan desde USTEA.
En febrero de 2019 se interpuso el recurso contencioso administrativo solicitando el derecho a trabajar con una persona intérprete de signos. Dos años después, el 29 de marzo de 2021 el juez dio le daba la razón concluyendo: “La actuación de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía ha vulnerado la totalidad de la normativa transcrita en los anteriores Fundamentos de la presente resolución, impidiendo a la demandante a desarrollar su trabajo en condiciones de igualdad, sufriendo una permanente situación de discriminación y habiéndose conculcado su derecho al desempeño efectivo de su puesto de trabajo”, recoge el auto.
Pese a lo categórico de la sentencia, la Consejería de Educación no movió ficha, por lo que hubo que pedir una ejecución de sentencia, lo que obligó a la administración a contratar a una intérprete de signos para lo que quedaba de curso. Pesa a ello, la Consejería de Educación recurrió esta sentencia a la que ahora el TSJA ha puesto fin desestimando su recurso de apelación, recordando que la atención específica a las personas con discapacidad es una obligación de los poderes públicos recogida en todo el ordenamiento jurídico, tal y como la sentencia recuerda.
Obligación de la administración de adaptar el puesto de trabajo
“La administración tiene la obligación de garantizar a la recurrente la posibilidad de desarrollar las funciones propias de su puesto en términos de igualdad, y si es apta para un aula (…) siempre que tenga intérprete de lenguaje de signos (…) es eso lo que debe ser proporcionado. La administración tiene la obligación de adoptar cuantas medidas sean necesarias para establecer las adaptaciones en el puesto de trabajo que se ajusten a la necesidad de la persona con discapacidad”.
Desde el sindicato USTEA se celebra el resultado final de este largo proceso que garantizará a la trabajadora y a todo el colectivo concernido la adaptación de su puesto de trabajo en las condiciones que se requiera en cada caso. Por otra parte, solicita a la Consejería de Educación una simplificación y agilización del procedimiento administrativo relacionado con las adaptaciones y cambios de puesto de trabajo del personal docente, en beneficio de la salud y en justo reconocimiento de los derechos de este colectivo.