La pelea por 3.000 euros de comisión en la compra de un piso en Cádiz termina en el Constitucional


La agencia reclama que comprador y vendedor acordaron saltarse a las inmobiliarias para ahorrarse la comisión
El comprador asegura que no le prestaron más servicio que "enseñarle un piso"
Tres años llevan luchando por una comisión una inmobiliaria y el comprador de una vivienda en la provincia de Cádiz. Tres años de juzgados y sentencias que van a acabar en el Tribunal Constitucional porque ni los jueces se ponen de acuerdo.
Para entender lo que pasó hay que volver a 2018. Un vecino de Cádiz buscaba comprar un piso, a ser posible con piscina. Hasta aquí todos de acuerdo; a partir de aquí cada versión es diferente. La del comprador es que estaba mirando el escaparate de una inmobiliaria y le invitaron a pasar. Le hablaron de un piso, fue a verlo y firmó una hoja de visita donde además estaba firmando una comisión del 3% para la inmobiliaria en caso de adquirir la vivienda, es decir, 3.630 euros.
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La versión de la inmobiliaria es distinta. “Vino él a verme a la oficina”, explica Pedro Aparicio, gerente y dueño de la inmobiliaria, “le expliqué como trabajamos y la comisión que cobramos por encontrarle la casa”. Nada de esto quedó por escrito ni firmado en aquel momento, reconoce Pedro, “se lo dejé manuscrito en un papel”.
Llega el momento de ver la vivienda. Y la agencia de Pedro se la muestra. Antes de salir de la casa, el comprador firma un documento de la visita en el también se recoge la comisión que recibiría la inmobiliaria si decide comprar el inmueble. “Un pseudo contrato”, lo llama José Carlos Piñero, abogado del comprador, “donde no aparece ni la palabra contrato ni tampoco establece una duración”.
Pasan los días y la inmobiliaria no recibe respuesta del comprador. Podría pensar que no le ha interesado, pero pronto descubre que la venta se ha hecho entre los particulares y no a través de la inmobiliaria. “Al parecer comprador y vendedor se conocían y se dieron cuenta en la visita”, explica Pedro Aparicio, que inmediatamente pone el caso en manos de sus abogados.
Así llega la disputa a los juzgados de Jerez que da la razón a la inmobiliaria porque, según la sentencia de 2020, el comprador no demuestra que “se le impusiera el contrato mediante engaño, bajo la apariencia de una hoja de visitas”. Además tiene en cuenta que antes de ver la vivienda le habían enviado otros inmuebles a su teléfono y a su correo previamente entregado a la agencia, por lo que el juez considera que se “efectúa el encargo a la inmobiliaria y acude a visitar la vivienda gracias a la intermediación de ésta”.
Instalado ya en su nueva casa, el comprador sigue sin estar dispuesto a pagar la comisión y apela a la Audiencia Provincial. “La inmobiliaria no hizo más que enseñarle un piso”, resume su abogado y reclama que la agencia no prestó ningún servicio efectivo en el desarrollo de la compraventa. Además pide que no se tuviera en cuenta la hoja de visitas o nota de encargo al no tener plazo de vigencia ni haberse firmado anteriormente un contrato entre la inmobiliaria y el comprador.
Ahora la Audiencia Provincial de Cádiz le ha dado la razón al comprador porque aunque “la cláusula resulta clara y formalmente comprensible, no cumple el filtro de transparencia”. pero no se queda ahí ya que llega a considerar dicha clausula “abusiva”.
La historia de esta comisión, que de momento ni se ha pagado ni se ha devuelto, aún no ha llegado a su fin. Después de dos apelaciones a la sentencia, los abogados de la inmobiliaria han interpuesto un recurso de amparo al Tribunal Constitucional pidiendo su nulidad ya que consideran que es fruto de “la opinión, particular y subjetiva de la Juzgadora”.
De momento habrá que esperar para saber quien se queda con los 3.630 de la comisión. Del lado que caigan puede sentar un precedente o no, pero terminará poniendo fin a esta disputa que dura ya más de tres años.