Osalan establece nueve requisitos para eliminar la mascarilla de los puestos de trabajo

Osalan recuerda que obligar al uso del tapabocas requiere un informe de riesgos que lo justifique
Las empresas con sus servicios de previsión deben detectar qué puestos de trabajo no cumplen las condiciones
Ventilación, distancia, temperatura o actividad son algunos de los parámetros
Primer día sin la obligatoriedad del uso de mascarillas en espacios interiores y la mayoría de las empresas vascas han decidido optar por la prudencia y esperar a la aplicación de la nueva normativa para estudiar bien la regulación y analizarlo con sus servicios de prevención.
Tras la publicación en el Boletín oficial del Estado (BOE) del nuevo Real Decreto con el decae la última gran restricción anti covid, queda claro que para mantener la exigencia de la mascarilla será necesario una evaluación de riesgos del puesto de trabajo que respalde esa medida.
Nueve requisitos
Es decir, son las empresas con sus servicios de previsión de riesgos las encargadas de detectar qué puestos de trabajo no cumplen las condiciones para verse liberados del uso de la mascarilla. Es aquí donde el Instituto Vasco para la Seguridad Laboral, Osalan, ofrece una guía de recomendaciones a las empresas.
Se trata de un listado de nueve parámetros. Si alguno de ellos no se cumple la empresa puede obligar al trabajador a seguir llevando la mascarilla en su puesto laboral:
- - Ventilación adecuada.
- - Nivel de ocupación.
- - Mantenimiento de distancia interpersonal de 1,5 metros.
- - Tiempo de permanencia.
- - Actividad.
- - Condiciones de temperatura y humedad relativa.
- - Utilización de espacios comunes (vestuarios, comedores, etc.).
- - Medios de transporte particular compartidos.
- - Existencia de personas vulnerables en el puesto de trabajo.