El Supremo declara nulo el despido colectivo en las plantas PCB de Sestao y Barakaldo durante la pandemia


La empresa deberá readmitir a los 83 trabajadores despedidos
La empresa "debe acreditar que las circunstancias que motivaron el despido colectivo son realmente estructurales y no meramente coyunturales"
Todos los despidos afectan a las plantas vizcaínas de Sestao y Barakaldo
El Tribunal Supremo ha declarado nulo el despido colectivo en PCB del grupo ITP. La empresa tendrá que readmitir a los 83 trabajadores tal y como falló también el Tribunal Superior del País Vasco.
El Alto Tribunal ha dado la razón a los 83 trabajadores que fueron despedidos en la empresa PCB de Vizcaya al declarar nulas las rescisiones de contratos. Se confirma así, la sentencia que había sido recurrida y que ya establecía la nulidad de los despidos de las plantas de Barakaldo y Sestao.
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Causas estructurales o coyunturales
El fallo se justifica en que los despidos colectivos basados en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción relacionadas con la pandemia causada por el COVID-19, si la empresa acredita que las causas son estructurales y no meramente coyunturales, los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) "no constituirían una medida idónea para afrontarlas, por lo que la empresa puede acordar un despido colectivo".
En tal caso, señala que la empresa "debe acreditar que las circunstancias que motivaron el despido colectivo son realmente estructurales y no meramente coyunturales". El Alto Tribunal indica que, en el supuesto enjuiciado, al no haber acreditado la empresa que "concurra una situación estructural, debió haber articulado medidas de flexibilidad interna y no externa".
A su juicio, existen indicios de la "vulneración de la garantía de indemnidad" y afirma que la conexión temporal entre la sentencia declarando nulo un ERTE de la misma empresa y el inicio del procedimiento de despido colectivo, sin que el empleador haya aportado una justificación razonable de que el despido colectivo fue ajeno a la vulneración de derechos fundamentales, "conduce a que el despido deba declararse nulo".