El TSJPV rechaza las medidas de la Liga y mantiene el aforo del 30% en los campos de fútbol vascos

La LFP interpuso el pasado 10 de septiembre un recurso contencioso administrativo contra esta medida por “los perjuicios económicos que genera”
El tribunal ha decidido rechazar las medidas cautelares que solicitaba la Liga hasta “escuchar” las razones del Gobierno Vasco este martes
La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha rechazado la adopción de medidas cautelarísimas solicitadas por la Liga Nacional de Fútbol Profesional (LFP) para la última jornada de la liga, en el marco de su recurso contra el decreto del lehendakari que fija en el 30% el aforo en campos de fútbol en Euskadi.
La LFP interpuso el pasado viernes, 10 de septiembre, recurso contencioso administrativo contra el Decreto 36/2021, de 30 de agosto, del Lehendakari que establece un 30% de aforo en los campos de futbosl vascos. Así, solicitaba, para la jornada de Liga de este pasado fin de semana, la adopción de 'medidas cautelares" y que se aplicará en Euskadi el acuerdo de 1 de septiembre del Consejo Interrritorial, que acordó ampliar al 60% el aforo de espectadores en las competiciones deportivas profesionales celebradas en recintos abiertos.
MÁS
La Liga Nacional de Fútbol Profesional aludía a que en esta pasada jornada de liga jugaban equipos de Primera y Segunda División en Euskadi, "con los perjuicios que esto le genera", así como a la recurrente, LFP, "derivados no sólo de espectadores sino de patrocinadores, acciones publicitarias, de derechos de contenido audiovisual, etc.".
Según el tribunal, resulta "claro" que la no adopción de las medidas cautelarísimas inaudita "puede generar pérdidas económicas a la parte actora", pero añade que "cabría su indemnización de prosperar el recurso".
Por otro, precisa que "la limitación de aforo se limita a una sola jornada de liga", ya que "se transformará la pieza en una de medidas cautelares" con una audiencia a la Administración demandada, el Gobierno Vasco, de menos de 48 horas, "de forma que en pocos días se habrá adoptado una decisión al respecto".
Por ello, la sala acuerda que no ha lugar a las medidas cautelarísimas solicitadas por la LFP, así como transformar la presente pieza en medidas cautelares, dando audiencia a la Administración demandada con el límite de las 12.00 horas de este martes, 14 de septiembre, sobre la solicitud de la parte recurrente.