Denuncian a Ambulancias Rías Baixas porque los usuarios deben llamar a un 902 para urgencias


La denuncia fue presentada por Facua que recuerda a los consumidores que pueden reclamar los costes de las llamadas realizadas
La asociación espera que la empresa retire el número con el prefijo 902 de atención al usuario
Han presentado la denuncia ante el Instituto Gallego de Consumo y Competencia
Facua Galicia ha hecho pública este viernes una situación realmente anómala. Denuncia la asociación la utilización por parte de Ambulancias Rías Baixas de un número de teléfono con prefijo 902. Estas llamadas suponen un alto coste para los usuarios. Se trata además de un teléfono que se encuentra disponible durante las 24 horas del día para atender urgencias.
La denuncia ha sido presentada ante Instituto Gallego de Consumo y Competencia. Ahí enviaron un escrito en el que se pide al organismo que actúe e inste a la empresa a eliminar el número con el prefijo 902 de atención al usuario. Exigen además que se cambie por un número gratuito.
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Facua también anima a los consumidores que se vean obligados a llamar a través de ese teléfono a reclamar el abono de las cantidades que les hayan cobrado hasta la fecha.
El respaldo de la ley
La ley es muy clara ante este tipo de situaciones. Desde diciembre de 2020, el artículo 21 del Real Decreto Legislativo 1 / 2007 del 16 de noviembre de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios plantea que “en los supuestos de servicios de carácter básico de interés general, las empresas prestadores de los mismos deberán disponer de un teléfono de atención al consumidor gratuito”.
En la misma norma se deja claro que “tendrán la consideración de servicios de carácter básico de interés general los de suministro de agua, gas, electricidad, financieros y de seguros, postales, transporte aéreo, ferroviario y por carretera, protección de la salud, saneamiento y residuos, así como aquellos que legalmente se determinen”.
El empleo de teléfonos de tarificación especial para la prestación de los servicios de atención al cliente constituye un obstáculo al ejercicio del derecho a reclamar por parte de los consumidores y usuarios.