Indemnizan a un vigués con 10.000 euros por incluirlo en una lista de morosos por error

La condena es por vulnerar el derecho al honor de un vigués que denunció que estaba por error en lista de morosos
La Audiencia de Pontevedra ha desestimado el recurso de apelación de la empresa
El Supremo fija que los listados de morosos solo pueden incluir deudas firmes
La sección sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha confirmado una sentencia de primera instancia que obliga a una empresa a indemnizar en 10.000 euros a un vigués por haber cedido sus datos a los ficheros de solvencia patrimonial de dos firmas por una supuesta deuda que no existía.
El perjudicado, representado por Unive Abogados, supo que estaba en esos ficheros cuando le fueron denegadas varias operaciones de crédito, entre ellas, la financiación de un teléfono móvil. Por ello, interpuso una demanda y el juzgado de Primera Instancia número 8 de Vigo le dio la razón.
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Rechazo recurso de apelación
Así, estableció que debía ser indemnizado en 10.000 euros porque se había vulnerado su derecho al honor, ya que, además de los problemas que tuvo para acceder a crédito, sus datos como supuesto moroso fueron consultados más de 15 veces por una decena de entidades.
Además, fue incluido en esos ficheros por una deuda que fue generada por una contratación fraudulenta realizada por otra persona.
La empresa presentó recurso de apelación pero la Audiencia la ha desestimado y ha ratificado la sentencia de instancia y la indemnización establecida.