Las familias de las víctimas del Cash Record recurrirán ante el Tribunal Supremo la absolución del único procesado


Recurrirán al Tribunal Supremo porque consideran que la sentencia no está bien motivada y "hay indicios que no están recogidos"
La acusación pedía 28 años de prisión para el único encausado por el doble crimen
La Audiencia de Lugo absuelve al único acusado por el doble crimen del Cash Record
La abogada de las familias del doble crimen del Cash Récord en Lugo, Carmen Balfagón, ha anunciado este viernes en la Audiencia Provincial de Lugo que presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, contra la sentencia en la que se absuelve al único procesado por los hechos ocurridos el 30 de abril de 1994.
Balfagón ha confirmado que han tomado esta decisión porque "no están de acuerdo con la motivación de la sentencia" y que "hay indicios que no están recogidos" en el auto.
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De este modo, la letrada de la acusación ha destacado que la prueba indiciaria "no ha sido bien valorada" y ha insistido en que "hay que tener en cuenta que han pasado 30 años" desde que tuvo lugar el crimen en el polígono de O Ceao.
Las familias de las víctimas ya habían apuntado al finalizar el juicio que, de ser absuelto el único acusado por el doble crimen, lo más probable sería que recurriesen la sentencia. La acusación pedía 28 años de prisión para el procesado.
Sentencia
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Lugo absolvió hace una semana al acusado del doble crimen del Cash Record en el que fallecieron, tras ser tiroteados, una cajera y un reponedor del establecimiento, puesto que "ninguna prueba, ni siquiera indicio, coloca al procesado en el polígono del Ceao la noche que sucedieron los hechos".
Con todo, en el fallo judicial, conocido el pasado viernes, el tribunal hace constar carencias en la instrucción del caso, ocurrido en 1994 y que llegó a juicio casi 30 años después, en virtud de la "encomiable" acción de la acusación particular ante una instrucción "deficiente".
El tribunal incide en que "no existe prueba suficiente que lo sitúe el día de los hechos en el lugar del crimen" y en una de sus conclusiones tras desgranar los aspectos que se llevaron a juicio, recuerda que en la vista "no se juzga a la persona del procesado, ni el tipo de vida que llevaba, ni siquiera si era un hombre que vivía de espalda a la ley, sino si ese día entró en Cash Record, mató a las dos víctimas y se apoderó de la cuantiosa recaudación --próxima a 3.777.026 pesetas--".
En general, los magistrados indican que, tal y como señala el Tribunal Supremo, las sospechas sobre la posible autoría del acusado "no llegan a la condición de indicios", porque muchas de ellas "tienen otra explicación diferente a la que pretende darse".
Además, afirman que "ni siquiera en su conjunto" pueden apuntar "de manera indubitada, tal y como exige una resolución penal", al procesado como autor de los hechos por los que se le juzga", lo que motiva la absolución en un caso en el que la Fiscalía no acusó. En todo caso, cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.