La Audiencia de A Coruña rechaza investigar a Sandra Ortega por los préstamos a Room Mate

El tribunal rechaza rechaza la solicitud de bancos que pedían que se investigase a la hija de Amancio Ortega
El fallo forma parte de una disputa judicial de la empresaria contra su antiguo gestor por supuesta falsificación de su firma
Deutsche Bank acusaba a Sandra Ortega de saber que simularon su firma para obtener créditos a favor de Room Mate
La Audiencia Provincial de A Coruña ha desestimado los recursos de apelación interpuestos por cuatro bancos que se querellaron contra Rosp Corunna y la administradora de la sociedad, Sandra Ortega. El Juzgado de Instrucción número 2 de A Coruña rechazó la admisión de la querella formulada por Deutsche Bank contra la hija de Amancio Ortega por presuntamente ser conocedora de que simularon su firma para obtener créditos a favor de Room Mate.
La solicitud fue realizada por el banco en el marco de la investigación de la querella presentada por la empresaria, en la que acusaba a su antiguo gestor, José Leyte, de la supuesta falsificación de su firma.
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Deutsche Bank no ve "creíble" la querella de Ortega
Deutsche Bank sostiene en su recurso que no era "muy verosímil" la querella presentada por Ortega puesto que "no es creíble que administradora única de Rosp no se enterase de la modificación de las garantías", al tiempo que asegura que existe "un escenario de actuación defraudatoria por parte de la empresaria contra los bancos ahora personados".
Al respecto, se pregunta la Sala "dónde está acreditado el perjuicio en más de 150 millones de euros al que alude con bastante ligereza el apelante". “Esboza una trama en la que adiciona a los delitos de falsedad en documento mercantil y administración desleal prístinamente denunciados, los de estafa y estafa procesal, que cargaría en la cuenta de la administradora, a investigar todos ellos en un único procedimiento”, explica la Audiencia en el auto, contra el que no cabe recurso.
Dilatación del proceso
Además, subraya que "las pretensiones acumulativas de los recurrentes" conducirían a la dilación del proceso, pues el procedimiento iniciado por la empresaria contra su exgestor "ya incorpora a fecha de hoy varios miles de folios", por lo que "se han practicado un abultado número de diligencias de investigación".
El tribunal advierte a los recurrentes que "la mejor economía procesal" es la que deriva "del principio general de que cada delito dará lugar a la formación de una única causa". En cuanto al riesgo de sentencias contradictorias, afirma que "difícilmente van a producirse si, acabado un procedimiento, se inicia a continuación otro, cuya resolución se dictará años más tarde".
Los magistrados advierten que la "hipotética condición de perjudicados" de los recurrentes debe serlo "respecto de las acciones de las personas cuya responsabilidad penal y civil se persigue con el ejercicio de la acción penal instada por los querellantes (Rosp y Sandra Ortega), pero no de quien se le antoje al recurrente".
Respecto a la alegación de que el antiguo gestor "no va a poder hacer frente, como se pretende por Rosp, a los importes estafados", los magistrados advierten de que es "una libre decisión de quien suscribe el recurso, que en nada puede condicionar la actuación del juzgado en la tramitación del procedimiento, pues los órganos judiciales no escogen a los querellados en función de su solvencia económica ni de los particulares intereses de otros".