El TSXG autoriza limitar hasta el 29 de enero las reuniones de madrugada los fines de semana


Hasta el próximo 29 de enero los encuentros entre no convivientes estarán prohibidos durante la madrugada de los viernes, sábados, domingos y festivos
La Sala también autoriza extender la exigencia de presentar el certificado covid para acceder a determinados establecimientos
Los jueces consideran que es “evidente” la necesidad de “persistir en las medidas que se orientan a reducir la interacción social”
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha autorizado a la Xunta a prorrogar hasta el próximo 29 de enero, la prohibición de reuniones entre no convivientes entre las tres y las seis de la madrugada de los viernes, sábados, domingos y festivos, es decir, en las salidas nocturnas de los jueves, viernes, sábados y vísperas de festivos.
Tras la reunión del subcomité clínico celebrada este martes se acordó prolongar dos semanas más las medidas para controlar la expansión del coronavirus. Habían entrado en vigor el pasado 30 de diciembre y se terminaban el próximo 18 de enero. La Xunta pidió el aval de la Justicia para la ampliación de las restricciones, dado el aumento de contagios en esta sexta ola.
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Aunque se amplía el tiempo en el que las restricciones están vigentes, se suavizan algunas de las medidas, ya que lo que la Xunta denominó toque de ‘no queda’, pasará a ser solo los fines de semana a partir del 18 de enero.
El @TSXGalicia autoriza prorrogar:
— TSXG (@TSXGalicia) 14 de enero de 2022
🔹La limitación de reuniones entre no convivientes ⏰ de 03:00 a 06:00 horas los viernes, sábados, domingos y festivos
🔹La exigencia de presentar el pasaporte #COVID19 para acceder al interior de determinados establecimientos#TSXG pic.twitter.com/l8ykLNeNal
Exigencia del certificado covid
El alto tribunal también ha autorizado al Gobierno gallego a prolongar la exigencia de presentar el certificado covid de vacunación, de prueba diagnóstica negativa o de recuperación para acceder al interior de determinados establecimientos, entre ellos locales de hostelería, de ocio nocturno, hospitales, residencias, gimnasios y albergues turísticos.
Los magistrados explican en la resolución que las medidas tienen como propósito “defender la salud pública, malograda por la pandemia”, así como contener la expansión del virus. Tras estudiar los dos informes presentados por la Xunta, “ciertamente mejor fundados que los que se analizaron en el auto del 30 de diciembre”, aseguran que es “evidente” la necesidad de persistir en las medidas que se orientan a reducir la interacción social, que contribuye a la expansión del virus, especialmente en los ámbitos y sectores a los que se refieren las órdenes.
Las principales restricciones que continuarán en vigor son el cierre de la hostelería a las doce, excepto viernes y sábados, que podrá abrir hasta la una de la madrugada. En el caso de los locales de ocio nocturno, la hora de cierre es a las tres. Además, se prohíbe el consumo en las barras de los locales y sigue en vigor la limitación de ocho personas por mesa en el interior y diez en las terrazas.
"Efectos favorables" de una medida "proporcional"
La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG destaca en el auto los “efectos favorables” que tiene la exigencia de presentar el certificado covid, entre ellos los beneficios indirectos para la población más resistente a vacunarse”. Los jueces también señalan que durante los fines de semana “la afluencia de personas en los espacios públicos y privados se hace más intensa”, por lo que consideran que la medida de limitar las reuniones entre las tres y las seis de la madrugada es “proporcional”. Además, señalan que, tal y como refleja el informe del comisario jefe de la Unidad de Policía Adscrita a la Comunidad Autónoma de Galicia, aportado por la Xunta, la restricción de la movilidad nocturna “ha facilitado las inspecciones policiales de establecimientos y locales para verificar que se cumplían los horarios y permanencia de personas”.
El tribunal también refleja en la resolución los datos sobre la situación epidemiológica de Galicia incluidos en el informe, de fecha 11 de enero, elaborado por la subdirectora xeral de Información sobre Saúde e Epidemioloxía. La tasa de incidencia a siete días en la comunidad autónoma, según el documento, es de 1.016,54 casos por 100.000 habitantes, con diferentes cifras según los sectores de edad. Las tasas de hospitalizados en una semana, y también respecto de 100.000 habitantes son de 11,70 en unidades de agudos y de 0,93 en las de críticos, lo que supone, según señala el TSXG, “una reducción respecto de fechas anteriores, al igual que han descendido también las defunciones, lo que encuentra su razón de ser en las medidas adoptadas, entre las cuales es relevante la efectividad de la vacuna”.