Pro Patrimonium Sijena y Jerusalén, la entidad creada para recurrir los indultos del 'procés' y la única excluida


La entidad nació para recurrir los indultos y procede de la plataforma que se enfrentó con la Generalitat por los bienes del Monasterio de Sijena
En su recurso vinculaba el conflicto por las obras de arte de Sijena con el proceso independentista
Su recurso es el único rechazado por el Supremo contra los indultos del 'procés'
El 1 de septiembre de 2021, y con la bendición de parte de su plataforma matriz, Sijena Sí, nació Pro Patrimonium Sijena y Jerusalén. Su único fin: recurrir los indultos otorgados a Oriol Junqueras y los otros ocho líderes del procés condenados a penas de cárcel por el Supremo y después perdonados por el Gobierno. Al frente de esta entidad, Jorge Español, un abogado que trabajó con el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena y que veía en los indultos un riesgo para el patrimonio aragonés.
Español y Sijena Sí no se pusieron de acuerdo en los honorarios y él decidió seguir por su cuenta con la batalla contra los indultos para "combatir los funestos efectos del procés sobre el patrimonio".
A la primera, su recurso corrió la misma suerte que el resto de los presentados por PP, Cs, Vox y el ex delegado del Gobierno Enric Millo, y fue rechazado. A la segunda, los demás si han sido aceptados para revisión, pero el de Pro Patrimonium ha sido el único rechazado.
En su escrito, recogido parcialmente por el auto en que el Supremo rechaza su legitimidad para recurrir, Jorge Español, aseguraba que "secuestrar el patrimonio artístico del Real Monasterio de Sijena e imposibilitar así la ejecución de la sentencia del Juzgado de Huesca" que les había dado la razón, era el preludio de la independencia defendida por los líderes del procés. Aquella sentencia, que obligaba a Cataluña a devolver obras de arte que se habían depositado en el museo de Lleida, fue confirmada en 2019 por el Supremo. En aquella causa estaba implicado Santi Vila, exconseller de Cultura y uno de los condenados en el Supremo, pero sin pena de cárcel y a quien por tanto no afectó el indulto.
La Abogacía del Estado se opuso frontalmente a su recurso, que calificó como una "delirante teoría conspiratoria en la que el objetivo del proceso independentista había tenido por objeto no tanto la constitución de una república catalana independiente del resto de España, sino asegurar que no era posible la ejecución de una sentencia".
Tras la primera negativa, presentó un escrito que aseguraba que no tenía "intencionalidad política", afirmaba ser partidario de la reconciliación y en el que aseguraba que si cualquier persona puede pedir un indulto, cualquiera puede recurrirlo. Pero la Sala de lo Contencioso, también a la segunda, le ha dicho que él no puede y ha explicado sus razones. Entre ellas:
- Los delitos por los que fueron condenados los líderes del procés no tienen nada que ver con el patrimonio artístico de Sijena y nada de todo eso aparece en la sentencia que condenó.
- No es, por ello, posible conectar la pretensión anulatoria de los acuerdos de concesión de indulto que aquí se impugnan con la acción pública en defensa del patrimonio cultural aragonés que se afirma, dicen los jueces.
- El Supremo habla de los "intereses difusos sociales que defiende" y que no son otros que el patrimonio cultural español. -en ese sentido, el auto apunta que su condición "no le autoriza a erigirse en representante de la sociedad en todas aquellas actuaciones que puedan afectarla", por mucho que los delitos del procés afecten a la sociedad, tal y como argumentaba el letrado Español.
Aragón, Cataluña y Sijena: 26 años de conflicto
El monasterio de Sijena está ubicado en la provincia de Huesca, pero hasta 1995 pertenecía a la Diócesis de Lleida. Se trata de uno de esos lugares situados en la "franja", la frontera entre Aragón y Cataluña. Ese era el motivo de que sus obras de arte sacro estuvieran en el Museo Diocesano de Lleida desde 1893.
Además, las monjas de la congregación las vendieron y se reartieron entre el Museo de Lleida y en el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC). En 1995, el monasterio pasó a la Diócesis de Barbastro-Monzón, en Aragón, y dos años más tarde, el Ejecutivo autonómico las reclamó.
La primera batalla judicial la ganó Cataluña, en 2012. Pero Aragón abrió la vía civil y pidió la nulidad de la venta porque las obras se habían separado del conjunto.
En 2015, un juzgado de Huesca dio la razón a Aragón que pidió la devolución inmediata. Y según el recurso, esa es la sentencia que el independentismo quería evitar con el procés. La Generalitat ignoró varios requerimientos judiciales hasta que finalmente, el MNAC entregó las 53 piezas que tenía en su poder.
El Museo de Lleida no envió las suyas y en 2017, con el artículo 155 en vigor, la Guardia Civil entró en el museo, intervino y ejecutó el traslado de las obras.
Con las obras ya devueltas, el Supremo volvió a dar la razón a Aragón y lo confirmó en 2021, al rechazar todos los recursos. El abogado Jorge Español colocó esa batalla legal en el centro de sus recursos contra los indultos, pero a diferencia de los otros cuatro recurrentes, no ha conseguido que se revise porque no se le acepta como parte legitimada.
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