Quién investiga y a qué sanciones se pueden enfrentar los autores del grito machista del Elías Ahúja


El cabecilla ha sido expulsado del colegio mayor, pero podría haber más consecuencias
La Universidad ha iniciado una investigación, que puede conllevar hasta tres años de expulsión
La Fiscalía investiga si se cometió en un delito de incitación al odio, penado con hasta cuatro años de cárcel
"Putas, salid de vuestras madrigueras como conejas, sois unas putas ninfómanas, os prometo que vais a follar todas en la capea, ¡vamos Ahúja!",. Ese fue el grito machista que se escuchó el domingo en el colegio mayor Elías Ahúja en dirección al vecino colegio de Santa Mónica. De momento, el episodio ha recibido un fuerte rechazo social y político, y su cabecilla ha sido expulsado de la residencia. Pero podría tener más consecuencias.
La Fiscalía confirmó este jueves que iba a investigar si se produjo un delito de odio. Esteban Ibarra, presidente de Movimiento contra la Intolerancia, fue el que presentó una denuncia por los hechos. De forma paralela, la Universidad Complutense de Madrid ha iniciado otra investigación.
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El delito de incitación al odio
Si la Fiscalía de Madrid concluye que sí se ha podido cometer un delito de incitación al odio, y lo lleva ante la Justicia, los autores del grito machista se pueden enfrentar a hasta cuatro años de prisión. Las horquilla es amplia y el asunto, en caso de acreditarse el delito, se puede quedar también en una multa.
El delito está recogido en el artículo 510 del Código Penal. Pero, ¿Quién comete un delito de odio?:
- Los que públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquel, por motivos racistas, antisemitas, antigitanos u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, aporofobia, enfermedad o discapacidad.
- En ese caso... la pena es de entre uno y cuatro años de cárcel y multa de seis a doce meses:
- Quienes lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos a que se refiere el apartado anterior, y por los mismos motivos.
- En este caso, la pena de prisión oscila entre seis meses y dos años, y la multa de entre seis y doce meses.
La ministra de Justicia, Pilar Llop, ya ha dicho que, a su juicio, hay violencia machista en el episodio. En cualquier caso, será la Fiscalía, con su investigación, la que decida si hay delito y en qué grado está; de considerar que sí, tendrá que decidir si sólo lo ha cometido el cabecilla o también el resto de sus compañeros.
Las sanciones académicas
Por su parte, el ministro de Universidades, Joan Subirats, se ha dirigido a la Universidad Complutense, recordando que tienen "instrumentos más que suficientes" para actuar. La Ley recoge las normas de convivencia universitaria y las sanciones por saltárselas. Lo hace en una norma de febrero de este año, que considera faltas muy graves:
- Las "novatadas y las conductas o actuaciones vejatorias física o psicológicamente, que supongan un grave menoscabo para la dignidad de las personas."
- Acosar o ejercer violencia grave contra cualquier miembro de la comunidad universitaria.
- Acosar sexualmente o por razón de sexo.
- Discriminar por razón de sexo, orientación sexual, identidad de género, origen nacional, pertenencia a grupo étnico, edad, clase social, discapacidad, estado de salud, religión o creencias, o por cualquier otra causa personal o social.
Si se considera que los protagonistas de los gritos machistas han cometido una falta muy grave:
- Pueden ser expulsados entre dos meses y tres años de la Universidad.
- La expulsión constará en el expediente académico hasta que termine de cumplirse.
- Pueden perder los derechos de matrícula durante un curso entero y un semestre.