Reconocen a una madre soltera un permiso de 26 semanas por nacimiento de hijo


Considera el juez que de no ser así "el menor tiene un trato desigual al nacido en una familia biparental"
La madre solicitaba un permiso de 32 semanas pero el juzgado considera que hay que excluir las seis primeras semanas de la baja
El 70 % de las madres solteras, las que tienen solo un hijo, se quedan fuera de la Ley de Familias
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha reconocido el derecho de una madre soltera que forma una unidad monoparental a disfrutar de 26 semanas de permiso, en lugar de las 16 concedidas, por el nacimiento de su hijo al considerar que el menor tiene un trato "desigual" al nacido en una familia biparental.
La Sala Contencioso-Administrativo del alto tribunal extremeño ha estimado de este modo parcialmente el recurso presentado por la progenitora, que solicitaba 32 semanas, 16 semanas de la madre y otras 16 que corresponderían al padre.
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La sentencia recoge que no procede reconocer lo solicitado en su integridad, pues ha de tenerse en cuenta que la madre ha disfrutado ya de seis semanas ininterrumpidas seguidas al parto, permiso que igualmente corresponde al otro progenitor después del parto.
El TSJEx, según ha informado en una nota, entiende que estas seis semanas han de excluirse porque de este modo la familia monoparental disfrutaría de 32 semanas, frente a las 26 que disfrutaría la biparental en caso de alternancia entre los progenitores en lugar del disfrute conjunto.
Interés superior del menor
La Sala Contencioso-Administrativo reconoce que existen pronunciamientos de los distintos tribunales superiores de justicia del país en los dos sentidos, si bien, apunta, el de estimar el recurso es mayoritario, como se ha hecho en este caso.
La sentencia basa su fundamentación, entre otros, en una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 15 de noviembre de 2022, el artículo 49 del Estatuto Básico del Empleado Público y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño.
En este sentido, y en la línea que se alega por la demandante, desde la perspectiva del interés superior del menor, se considera que, con la interpretación literal que se postula por la Administración demandada, el nacido en familia monoparental tiene por ese hecho un "trato desigual" al nacido en familia biparental. Es evidente, añade el TSJEx, que si el niño cuenta con dos progenitores trabajadores estos podrían dedicarse a su cuidado amparado en el permiso correspondiente varias semanas más que las que le corresponderían si se trata de una familia monoparental.