La Justicia Europea da la razón a Llarena y abre la puerta a la entrega de Puigdemont desde Bélgica

Los jueces advierten a Bélgica de que no pueden escudarse en que no tendrá un juicio justo en el Supremo y creen que eso hay que demostrarlo
El tribunal de Luxemburgo afirma que Bélgica no puede cuestionar la competencia del Supremo para juzgarle
El TJUE ha analizado el caso de Lluis Puig, pero su respuesta alcanza también a Puigemont y los otros exconsellers fugados
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha abierto la puerta a la entrega de Puigdemont a España. El tribunal, con sede en Luxemburgo ha respondido a la cuestión prejudicial planteada por el Llarena sobre el alance de las euroórdenes que dictó contra el expresidente de Cataluña Carles Puigdemont y varios de sus exconsellers por su implicación en el proceso independentista. Y señala que la justicia belga no puede parar la entrega atendiendo al argumento esgrimido por los fugados de que no habrá un juicio justo en el Supremo. El TJUE dice que eso hay que demostrarlo.
El Tribunal señala que la Justicia belga no puede rechazar la entrega de los encausados por el 'procés' reclamados para ser juzgados en España, entre ellos el expresidente Carles Puigdemont, basándose en el riesgo de que se violen sus derechos fundamentales si no demuestra deficiencias sistémicas y generalizadas en España, ni puede poner en duda las competencias del Supremo como autoridad para emitir tales euroórdenes.
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La sentencia dictada por la Gran Sala del tribunal europeo, de obligado cumplimiento, responde a las cuestiones prejudiciales remitidas por Llarena en marzo de 2021 después de que la Justicia belga rechazara entregar al exconseller Lluís Puig por considerar que el tribunal competente para reclamar su extradición debería ser el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) y que de ser entregado en España podrían ponerse en riesgo derechos fundamentales como la presunción de inocencia.
Llarena acudió a la Justicia europea para aclarar tanto el alcance de la emisión de las Órdenes Europeas de Detención y Entrega (OEDE) emitidas por el Tribunal Supremo contra varios encausados por su papel en el 1-O, entre ellos el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, como las razones para denegar la ejecución de tales euroórdenes.
Ya el pasado julio, el Abogado General responsable del dictamen sobre el caso dio la razón a Llarena al considerar que la Justicia belga no puede rechazar la entrega de Puigdemont y demás reclamados por la Justicia española basándose en el riesgo de que se violen sus derechos fundamentales si no demuestra deficiencias sistémicas y generalizadas en España, ni puede poner en duda la competencia del Supremo como autoridad para emitir tales euroórdenes.
Ahora son los jueces los que siguen esa línea tras analizar el caso del exconseller Lluis Puig. Bélgica negó su entrega por considerar que el tribunal competente para reclamar su extradición debería ser el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y que de ser entregado a España podrían ponerse en riesgo derechos fundamentales como la presunción de inocencia.
Sin embargo, el TJUE recuerda el "principio de confianza mutua" entre los Estados miembro que prima en materia judicial y lo defendió como un elemento "de importancia capital" que debe aplicarse plenamente para proteger el espacio sin fronteras dentro de la UE y simplificar la cooperación judicial para "luchar contra la impunidad".
Por ello, añadió en sus conclusiones, pretender que la autoridad judicial de ejecución compruebe en profundidad la existencia de un riesgo para los derechos fundamentales del reclamado sin que existan "deficiencias sistémicas o generalizadas" en el sistema judicial desde el que se dicta la euroorden "no sería sino la expresión de una desconfianza contraria" de las reglas de la UE sobre euroórdenes.
También advirtió de que para denegar una euroorden por riesgo para los derechos fundamentales del reclamado, la autoridad judicial debe demostrar con "datos objetivos, fiables, precisos y debidamente actualizados, la existencia de un riesgo real" debido a deficiencias "sistémicas o generalizadas" en el funcionamiento del sistema judicial del Estado miembro emisor.
Cabe recordar que durante la vista celebrada en Luxemburgo sobre este asunto, la Comisión Europea, en tanto que guardiana de los Tratados, certificó que no existe un problema sistémico para el Estado de derecho en España.
¿Nueva euroorden?
Derogada la sedición, Llarena decidió esperar a que llegara respuesta a sus cuestiones prejudiciales antes de emitir otra euroorden para Puigdemont ya por los delitos de malversacion y desobediencia.
Además de la prejudicial, la Justicia europea debe resolver otro recurso sobre la inmunidad como eurodiputados de Puigdemont, Comín y Ponsatí antes de que los Tribunales belgas reactiven sus casos.
El magistrado del Supremo preguntó además al TJUE si podría cursar una nueva euroorden contra Puig si la conclusión de la Justicia europea resulta que Bélgica incumplió las normas de la UE y la respuesta del tribunal es afirmativa.
El objetivo de "luchar contra la impunidad" aboga en favor de que se emitan contra la misma persona varias euroórdenes dirigidas a la misma autoridad judicial cuando ésta haya denegado la anterior "contraviniendo el Derecho de la Unión", razonó el abogado, que advirtió de que limitar tal recurso podría "debilitar" los esfuerzos para sancionar las infracciones dentro de la UE y pondría en entredicho la efectividad del sistema de cooperación judicial.