Las claves que llevaron a Batet a retirar el escaño del diputado de Podemos Alberto Rodríguez


El propio diputado la acusa ante Marchena de saltarse la separación de poderes
Unidas Podemos la amenazó con una querella que no se presentó y ahora pide su dimisión
La LOREG la obliga a retirarle el escaño, pero el Supremo no se lo puede decir claramente
Era inevitable. La presidenta del Congreso, Meritxell Batet, se ha quedado atrapada en el centro de una guerra por el escaño del ya exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez.
Presionada por el Supremo, que la instaba a ejecutar la sentencia; con una petición de dimisión de Podemos, que llegó a hablar de querella; y señalada por el propio Rodríguez que la acusa de vulnerar la separación de poderes al retirar el escaño y pide al juez Marchena que si mantiene la condena obligue a Batet ejecutarla en su sentido literal, es decir, que lo prive del acta exclusivamente durante el mes y medio al que fue condenado.
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Preguntado por esta situación, su entorno señala que "ya hay poco decir", después de una semana en la el resto de partes no han parado de hablar. Fuentes del Supremo consideran que Batet ha entendido "perfectamente" la sentencia al retirarle el escaño.
Obligada por la normativa
Batet ha suspendido a Rodríguez como diputado sin llegar a recibir una orden taxativa a modo de: "Retírele usted el escaño". Pero es que según la ley es así. Lo jueces no pueden decirle lo que tiene que hacer porque sería una injerencia del poder judicial en el poder legislativo. Sólo la Mesa del Congreso o la Junta Electoral pueden levantar un acta, en función de la normativa de Congreso y la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, la LOREG. Para que viniera ordenado en sentencia, deberíamos estar ante una pena de inahbilitación absoluta, y no una como la que ha recaído sobre el exparlamentario.
En el artículo 6.2, la ley señala que son inelegibles "los condenados por sentencia firme, a pena privativa de libertad, en el período que dure la pena". Ese es el caso de Alberto Rodríguez, que fue condenado a mes y medio de prisión, que luego fue sustituida por una multa.
Según el abogado de Rodríguez, Gonzalo Boye, eso supone que sólo será apartado durante un mes y medio, porque además él ya ha sido elegido. Pero, la decisión de la mesa y la tesis que maneja el Supremo se apoya en otros dos puntos.
Por un lado, el artículo 6.4 de la LOREG que dice que las causas de inelegibilidad lo son también de incompatibilidad, con lo cual un diputado inelegible no puede estar como diputado.
Por otro lado, en una sentencia del Supremo que avalaba una decisión de la Junta Electoral Central de retirar el escaño en el Parlamento Europeo a Oriol Junqueras en la que se decía que las penas de cárcel suponen la inelegibilidad sobrevenida.
Así que a Batet no le quedaba otra que suspender a Alberto Rodríguez como diputado, con lo que Podemos deberá designar a otro para ocupar su escaño.
Señalada por Rodríguez y Podemos
En las horas más inmediatas a su decisión final, Podemos anunció una querella por prevaricación contra la presidenta del Congreso. La querella no ponía de acuerdo a todo Unidas Podemos, de hecho desde el sector procedente de IU, Alberto Garzón calmaba los ánimos, igual que lo hacía la líder de la formación Yolanda Díaz.
Finalmente, la querella no se materializó, pero los portavoces de Podemos piden su dimisión, en la línea en que lo hace su antiguo dirigente Pablo Iglesias.
El último bar de presión lo ha puesto Alberto Rodríguez que ha pedido al Supremo que suspenda la retirada del escaño de forma provisional, pero que si no lo hace, le diga a Batet que sólo lo haga para mes y medio.
En el escrito carga duramente contra ella, dice que ha invadido el Poder Judicial, que ha hecho suyos los argumentos de Vox y que se ha arrogado competencias que no le corresponden, como la de "reinterpretar la sentencia".
Habrá que esperar a la respuesta del Supremo al abogado, aunque no parece que le vaya a dar la razón.
Asesorada por los letrados del Congreso
La decisión de Batet ha llegado a la segunda, porque a la primera la mesa acató un informe de los letrados del Congreso en la que planteaban otra tesitura. Sostenían que Alberto Rodríguez no debía perder el escaño porque la condena para el sufragio pasivo iba ligada a la prisión, y que al sustituirse eso con una multa, desaparecía.
A pregunta de Batet, el juez Marchena, presidente del tribunal que juzgó al canario, explicó que la sustitución de la prisión sólo lo era a efectos de la prisión, y que la pena de inhabilitación, que es una condena accesoria por ley, no desaparecía.
Fuentes jurídicas consultadas comparan -no el delito sino la retirada de un escaño- con la suspensión de una entrada en prisión de un maltratador. Aunque se levantara esa parte de la pena, se mantendría la orden de alejamiento accesoria.
Presionada por el Supremo
En los últimos días, el Supremo también ha presionado a Meritxell Batet. Tras la primera decisión de no retirar el escaño, la presidenta del Congreso recibió -en menos de 24 horas- un oficio preguntando cuándo iba a ejecutar la sentencia, que era una forma de decirle que tenía que hacerlo.
Batet pidió una aclaración, pero en una respuesta indirecta -porque Marchena explicó que su función no era asesorar al Congreso y que las aclaraciones sólo se dan a las partes del procedimiento- el presidente del Tribunal explicó que como ya le había dicho a la defensa de Rodríguez, no había ningún error y que la ejecución de la pena de inhabilitación era obligada.
Con Vox y el PP esperándola
Pero... ¿Qué hubiera pasado si no hubiera retirado el escaño? pues que la presión le habría llegado desde el PP y Vox que, de hecho, tras la primera decisión de la Mesa, pidieron a la Junta Electoral que se pronunciara.
Al final todo cambió y la presión quedó del otro lado, pero está claro que desde el primer momento de la emisión de la sentencia, Meritxell Batet estaba entrando en un callejón sin salida que sólo le dejaba la opción de retirarle el escaño y sobre todo, de aguantar la presión.