Denuncian que los jueces imponen la coordinación parental incluso en casos de riesgo para menores y mujeres


En la mayoría de los casos es el juzgado el que decreta esta coordinación de oficio, sin que ninguna de las partes lo solicite
En el 13,8 % de las sentencias se impone existiendo un procedimiento por denuncia de violencia de género
Se suele decretar de oficio y es una praxis que no tiene una definición legal clara. La Asociación de Mujeres Juristas Themis y la Asociación de Psicología y Psicoterapia Feminista han denunciado que los jueces impongan la coordinación de parentalidad.
Los jueces la designan con el objetivo de restituir el vínculo de hijos con sus padres cuando no quieren mantener relación, y según estas juristas no es una figura que tenga una clara definición legal y, además, puede tener riesgos para los menores y sus madres.
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Ambas asociaciones han elaborado un informe sobre la coordinación de parentalidad, hecho público este miércoles, en el que han analizado las resoluciones judiciales dictadas por audiencias provinciales españolas entre junio de 2018 y diciembre de 2020.
En esos dos años y medio, se han dictado 58 sentencias que mencionan la coordinación de parentalidad: la mitad, en Barcelona, 16 en Valencia, cuatro en Murcia, dos en Madrid, dos en Navarra y una en A Coruña, Lleida, Palma y Alicante. Ninguna en Aragón, Andalucía, Extremadura, Asturias, Cantabria ni el País Vasco.
En el 57 % de los casos se designa para garantizar la relación paternofilial cuando los menores se niegan a mantener el contacto con el padre, en la mayoría de los casos cuando existe custodia materna (sólo en el 12 % de los casos se ha dictado cuando la custodia es paterna).
Y en la mayoría de los casos también, 41 de 58, ha sido el juzgado el que ha decretado esta coordinación de oficio, sin que ninguna de las partes lo hubiera solicitado. "Es una figura que no tiene regulación legal, hay un ánimo de imponerla y normalizarla cuando el procedimiento normal sería abrir un debate público sobre si es necesaria y no esta manera forzada con consecuencias negativas para los menores y para las mujeres", ha destacado la vicepresidenta de Themis, Altamira Gonzalo.
"El trabajo que se encomienda a esta coordinación de parentalidad es lograr la normalización de las relaciones paternofiliales y nuestra alternativa es que antes de obligar a esto, los jueces tienen la posibilidad y deben tener los diagnósticos de por qué se producen esas negativas. Para eso tienen el instrumento de los equipos psicosociales de los juzgados, que están infradotados y han de reforzarse", ha continuado.
Gonzalo ha denunciado que en el 13,8 % de las sentencias se impone existiendo un procedimiento por denuncia de violencia de género, un hecho que, ha dicho, conculca el Convenio de Estambul, que prohíbe la imposición de métodos alternativos de resolución de conflictos cuando haya un procedimiento de maltrato machista.
La experta ha hecho hincapié además en que casi el 80 % de los casos de violencia machista no son denunciados, según la Macroencuesta de Violencia contra la Mujer, y que muchos de estos casos terminan con una ruptura conflictiva en un juzgado de familia.
Defienden a cambio la mediación familiar
La presidenta de la Asociación de Psicología y Psicoterapia Feminista, Yolanda Bernárdez, ha criticado que esta figura ha nacido con bastante desconocimiento y mal pie y que no está velando por el interés superior del menor, ya que puede resultar lesiva, especialmente en casos de violencia de género: "¿Cómo se puede obligar a reconstituir un vínculo cuando eres víctima de la violencia?", se ha preguntado.
A diferencia de la coordinación parental, que es obligatoria, Gonzalo ha defendido la mediación familiar, que es voluntaria y un método para llegar a acuerdos a través de la persuasión y el convencimiento. La mayoría de las sentencias, han explicado las expertas, no precisan qué facultades tendrán estos coordinadores parentales, qué tipo de profesionales deben ejercer esta función ni siquiera quién ha de satisfacer sus honorarios, y carecen de fundamentación jurídica lo que ocasiona, ha subrayado la vicepresidenta de Themis, indefensión e inseguridad jurídica.