La vacunación, una información confidencial por la que las empresas no pueden preguntar

La información sobre vacunas y enfermedades es totalmente privada, así que preguntar con ellos va contra la intimidad
Además sería una pregunta discriminatoria
La Agencia Española de Protección de Datos ya advirtió de que no puede haber ofertas condicionadas a tener anticuerpos y de que no se debe incluir en los currículums
La escena es la siguiente: estamos en una entrevista de trabajo, llevamos ya unas cuantas preguntas respondidas, y de repente nos hacen la siguiente: "¿Está usted vacunado?". Bien, si el entrevistador plantea esa cuestión, estará preguntando algo que no puede preguntar. En primer lugar, la información sobre la vacuna es confidencial, como cualquier otra sobre nuestra salud que no esté directamente relacionada con el desempeño laboral; en segundo lugar, no contratar a alguien por ese motivo sería discriminatorio.
Dos abogados laboralistas coinciden sin dudar en que la pregunta no se puede hacer y en que el proceso de selección en ningún caso puede estar condicionado por si nos hemos vacunado o no, porque "vacunarse es un derecho, no una obligación"
MÁS
Responden los expertos
Juan José Jiménez, manager en el área laboral de Ceca Magán Abogados, lo compara con otras enfermedades: "Nadie nos puede preguntar si nos hemos vacunado por el el ébola o de la malaria, por lo mismo nadie nos puede preguntar si lo hemos hecho para el coronavirus".
Jorge Campmany, director del bufete Campmany abogados, explica que las únicas cuestiones de salud que se pueden dirimir en un proceso de selección son las que están directamente relacionadas con el trabajo en sí: "Por ejemplo, un controlador aéreo tiene que hacerse unas pruebas de la vista para que quede garantizado que puede desempeñar sus funciones.
Desde una consultoría de recursos humanos nos dicen lo mismo. Ni se puede preguntar ni se puede discriminar a la hora de la selección por estar o no vacunado, aunque admiten que a veces "se hace, igual que ocurre con las preguntas sobre embarazos, hijos, etc.".
¿Qué derechos se saltaría quien nos hiciera esa pregunta?
El de la intimidad, porque nuestra salud pertenece a nuestra esfera más privada y está amparado por la Ley de Protección de Datos. Pero además estaría incurriendo en una discriminación sólo con el hecho de plantear la pregunta.
Tanto Jiménez como Campmany comparten que se estarían conculcando ambos derechos.
¿Se está preguntando?
Ni en Ceca Magan ni en Campmany constan consultas o denuncias de este tipo, en un momento en el que todo el mundo habla de la vacunación y en el que el 50 % de la población ya ha completado la pauta.
¿Qué le puede pasar a la empresa si lo pregunta?
En realidad, es difícil que haya consecuencias más allá de la denuncia social, responde Juan José Jiménez. Aunque la pregunta sea discriminatoria e invada la intimidad, es difícil demostrarlo salvo que haya una grabación, cosa poco habitual, o una cantidad ingente de denuncias.
Si hay pruebas -explica Campmany- sí podría entrar en escena la inspección de trabajo e imponer una sanción a la empresa por trato discriminatorio. Se podría obligar a indemnizar al aspirante si este demuestra que ha sufrido al algún perjuicio.
¿Y me pueden descartar por no estar vacunado?
Abiertamente, no. Un mail, un mensaje, cualquier rastro con el que se pudiera demostrar que no nos han seleccionado por este motivo, supondría una sanción por discriminación.
Si ya estoy trabajando, ¿me pueden obligar a vacunarme?
"No", contesta Jorge Campmany, eso va contra la dignidad de la persona y nadie nos puede obligar a someternos a un tratamiento médico.
"No", responde Juan José Jiménez que recuerda que si no nos obligan como ciudadanos, porque va contra nuestro derecho a la propia salud, menos nos puede obligar un empresario.
Vacunarse es un derecho, no una obligación y por eso precisamente tampoco es obligatorio como ciudadanos.
¿Y me pueden despedir por no estar vacunado?
Obviamente tampoco, sería un caso perdido para la empresa. Jiménez señala que la empresa no puede alegar su obligación de proteger la salud de los trabajadores -también del resto-, porque colisiona con ese derecho a la intimidad y a la no discriminación.
Campmany se refiere también en este punto a la necesidad de que cualquier requisito de salud esté ligado a las necesidades del puesto. "Si eres conductor de un camión, tienes algo que te impide conducir, y te niegas a ponerle remedio, la empresa queda facultada para despedirte", pero debe estar relacionado con tu trabajo.
¿Y nos pueden obligar a someternos a una PCR?
"Sobre el papel no pueden obligarnos a hacer una PCR", señala Campmany. Sin embargo matiza que poco a poco se irá creando jurisprudencia sobre este tipo de asuntos que todavía son novedosos, porque las comunidades y los tribunales han ido implantando distintos protocolos, así que nada es tan seguro.
Es decir, si nos atenemos a la ley, tal y como está, no nos pueden obligar, pero la ley está pensada para situaciones de normalidad, así que conforme los tribunales dicten sentencias relacionadas con el coronavirus, todo se puede ir modulando.
La empresa que hizo una oferta para personas con anticuerpos de covid
Jiménez recuerda que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ya tuvo que advertir de que la información sobre coronavirus a nivel laboral no podía ser admitida. En junio de 2020, la AEPD emitió una alerta porque se detectó que se habían hecho ofertas de empleo cuyo requisito era haber padecido el coronavirus y haber desarrollado anticuerpos para conseguir el puesto de trabajo.
La AEPD emitió un comunicado en que advertía de que eso era "una vulneración de la normativa de protección de datos aplicable".
El comunicado explicaba que esa información relativa a la salud está considerada "categoría especial" en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que requieren un consentimiento libre, expreso y por escrito.
En ese sentido, la AEPD explicaba que ese consentimiento -aun expreso- no sería libre porque no hay igualdad de condiciones, ya que el candidato estaría influido por "la necesidad o voluntad de acceder a un puesto de trabajo, lo que anularía la libertad de la persona".
No se debe incluir esa información en el currículum
En el mismo comunicado, la Agencia de Protección de Datos hizo un añadido: "No se debe incluir la información de ser inmune a la COVID-19 en un currículum".
El motivo es que el empleador no lo puede utilizar como información y que además tendría que verificarlo, lo que sería ilícito. Si una empresa recibe un currículum con datos sobre coronavirus, tendrá que borrarlos "para no infringir la normativa de protección de datos". La consecuencia más probable es que se tire el currículum a la basura, y que se elimine al candidato del proceso, precisamente por intentar coger la delantera.
De esa recomendación se desprende que la información sobre la vacuna tampoco debe ir incluida en el curriculum.