La Justicia avaló a los policías de la ‘patada en la puerta’ en otra intervención similar

En este segundo caso, ocurrido al día siguiente, el juez condenó por atentado a uno de los presentes y no realizó reproche alguno por el acceso policial a la vivienda tras la negativa a identificarse
El jefe de este segundo operativo fue el mismo que ordenó derribar la puerta del piso de Madrid que se hizo viral. El agente que empuñó el ariete, también
El 21 de marzo de 2021, agentes de la Policía Nacional decidieron echar la puerta abajo de una vivienda en Madrid en la que se celebraba una fiesta ilegal. Al otro lado, una veintena de personas se negaba a salir de la casa para no ser multada por incumplir las medidas de prevención en plena pandemia. El vídeo grabado desde el interior se hizo viral y ahora los agentes se encuentran investigados por un presunto delito de allanamiento.
Sin embargo y según ha podido confirmar NIUS, la Justicia avaló ese mismo comportamiento solo 24 horas después, cuando otro equipo de la Policía Nacional tuvo que tumbar de nuevo una puerta para identificar a los infractores en otra fiesta. En esta ocasión, lejos de los reproches al comportamiento de los agentes, el caso acabó con condena para uno de los infractores y la explicación de que la Policía actuó “en el ejercicio de sus funciones”, según la sentencia del caso.
El episodio se vivió la madrugada del 22 de marzo de 2021 en la calle Velázquez de Madrid, solo 24 horas después del vídeo que se hizo viral y ha terminado en el juzgado. Sobre el papel, los mimbres son casi calcados: Una pareja de personas mayores denuncia ruidos constantes en el piso bajo su vivienda, y cuando los agentes llegan escuchan música, gritos y el Cumpleaños Feliz cantado a capela por las personas que había dentro de la vivienda. Cuando los agentes llamaron y según el atestado policial, se hizo el silencio.

Según la documentación del caso, tras reiteradas advertencias e intentos de entrar por otros medios, los policías procedieron a echar la puerta abajo. El agente al mando del operativo era el mismo que el día anterior había decidido usar el ariete contra la puerta de la calle Jaime Serret Cuadrado. El agente que ejecutaba la orden con la herramienta, también. Como en el caso anterior, tras varios golpes los policías echaron accedieron a la vivienda. Dentro había 12 personas escondidas en una habitación con la luz apagada. Los agentes multaron a las 12 por incumplir la ordenanza sanitaria de la Comunidad de Madrid y a ocho de ellas por superar el número máximo estipulado para reuniones de no convivientes.
Un juicio rápido
Según ha podido confirmar NIUS, esta intervención terminó también en el juzgado, pero por una causa distinta: el atentado contra la autoridad de una de las personas participantes en la fiesta, que llegó a morder en la mano a un agente según la sentencia. En el juicio rápido celebrado en Madrid, la entrada de los agentes en la vivienda tras derribar la puerta no era el objeto de la investigación, pero sí aparece mencionada en los hechos probados.
Según el documento judicial, la jueza juzgadora considera acreditado que los agentes, tras repetidos avisos y ante la negativa de los presentes a salir para identificarse ”en el ejercicio de sus funciones procedieron a abrir la puerta”. Después, uno de los presentes trató de cerrarla golpeando en el pie a uno de los policías y salió corriendo en dirección a una habitación donde había otras once personas en silencio y con la luz apagada. La jueza condenó por atentado a esta persona, un ciudadano nacido en Líbano, además de obligarle a indemnizar con 36 euros a un agente por el mordisco que le propinó en un guante, por suerte sin consecuencias para su salud.
Por el contrario, en la operación del día anterior, los agentes son acusados de un presunto delito de allanamiento sobre el que el juez instructor encuentra "indicios sólidos". Tendrán que rendir cuentas ante un jurado popular el próximo mes de octubre. Misma actuación y distinto resultado.
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