La Justicia suspende la denegación del concierto a escuelas que segregan por sexo en Cataluña


La Generalitat insiste en dejar de financiar once centros que no siguen la educación mixta y se siente amparado por la ley Celaá
El Departament d'Educació se mantiene firme y recurrirá la decisión del Tribunal Superior de Justicia catalán
Revés judicial contra los planes de la Generalitat de Cataluña en el ámbito educativo. El Tribunal Superior de Justicia de la comunidad ha suspendido la denegación del concierto a los centros de primaria que segregan a su alumnado por sexo. El tribunal ha aceptado las medidas cautelares de los centros y obliga a la administración catalana a seguir financiándolos bajo el actual concierto durante seis años más a contar desde el curso 2020/2021.
El Departament d'Educació publicó en el Diari Oficial de la Generalitat (DOGC) en mayo de este año la no renovación del concierto de los once centros concertados que no siguen un modelo de educación mixta y que, en su mayoría, pertenecen a instituciones religiosas o de carácter conservador. Estos son La Farga y Viaró (ambos en Sant Cugat del Vallès), La Vall (Bellaterra), Les Alzines y Bell-lloc (Girona), Pineda y Xaloc (L'Hospitalet de Llobregat), Canigó (Barcelona), Campjoliu (L'Arboç) y las escuelas Tarragona y Lleida. No obstante, el texto concede un año de prórroga del actual concierto. La Generalitat insiste en que las escuelas deben cumplir con la educación mixta y ha anunciado que interpondrá un recurso contra las medidas cautelares.
El auto judicial justifica la decisión al asegurar que la pérdida del concierto supondría que las familias deban asumir el coste de la educación y que algunos padres cambien a sus hijos de escuela en la situación actual de crisis económica. Algo que "afecta a los alumnos, que se verán apartados de sus compañeros y deberán adaptarse a la metodología del nuevo colegio" en un proceso de adaptación que "requiere un tiempo más o menos largo y que puede, incluso, repercutir en sus resultados académicos". Por estos motivos, el tribunal, que también contempla importantes daños económicos a los centros afectados, ha optado por que la administración siga financiándolos hasta que la Justicia acabe de resolver la cuestión. En este sentido, se ha basado en el criterio del Tribunal Supremo, que ha mantenido la medida cautelar adoptada por diferentes Tribunales Superiores, como el de Andalucía en 2015.
No obstante, el texto cuenta con el voto particular de Pedro Luis García Muñoz, quien considera que los centros no aportan pruebas suficientes que demuestren que no pueden cambiar su financiación y ello deba repercutir en el alumnado, que no han presentado proyectos educativos que permitan reconocer la constitucionalidad de una educación segregada por sexos y que no existen perjuicios irreparables que deban ser reparados por medidas cautelares.
El Govern confía en el "consenso" levantado en torno a la ley Celaá
Asimismo, la Federación de Asociaciones de Padres y Madres de Escuelas Libres de Catalunya (Fapel) ha celebrado la decisión del tribunal al considerar que avala "los derechos de las familias a poder escoger cualquier centro" del Servicio de Educación de Catalunya. También que "ratifica de forma inequívoca" el derecho de estas escuelas a recibir financiación pública como el resto de centros y ha recordado que el Tribunal Constitucional (TC) reconoce que "los centros de educación diferenciada tienen que poder acceder al sistema de financiación pública en condiciones de igualdad respecto al resto de centros educativa".
Por su parte, fuentes del Departament d'Educació ven amparado su plan en la Ley Orgánica de Modificación de la LOE (LOMLOE) o la conocida como ley Celaá. El Govern considera que existe el consenso necesario para tirar adelante con su estrategia después de que el Congreso de los Diputados aprobara por la mínima la nueva ley educativa, que prohibirá que los colegios concertados puedan separar por sexo a los alumnos. Algo rebatido por la Fapel, que insiste en que esta nace "sin el consenso necesario".