Las normas europeas por las que el Supremo exculpa penalmente a Ábalos por el 'Delcygate'


Dos artículos de la Unión Europea limitan incluso la intervención del TJUE
Los magistrados subrayan el incumplimiento de la decisión europea, pero lo ciñen a la política
El Supremo ha puesto punto final al caso conocido como Delcygate, y que investigaba si hubo un delito de prevaricación del ministro de Transportes, José Luis Ábalos, por permitir que la vicepresidenta de Venezuela entrase en España a pesar de que el Consejo Europeo le había vetado el acceso a la Unión por la situación en Venezuela y su papel en la vulneración de derechos humanos. No sólo eso, Ábalos se reunió con ella, pero tampoco eso es delito, según la sentencia del Supremo.
Los magistrados dejan claro que se desoyó la orden europea, pero también que eso no es un delito, ya que "las obligaciones derivadas de las decisiones sobre Política Exterior y de Seguridad Común tienen una
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naturaleza esencialmente política" y que "el control de su vigencia y su fiscalización incumbe al propio Consejo".
Es decir, los jueces aseguran que las responsabilidades son políticas y no penales y se apoyan en dos artículos, que incluso limitan al Tribunal de la Unión Europea: el 24 del Tratado de la Unión Europea y 275 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Los artículos europeos que fundamentan la decisión
- Artículo 24 del Tratado de la Unión Europea: La política exterior y de seguridad común se regirá por reglas y procedimientos específicos. La definirán y aplicarán el Consejo Europeo y el Consejo. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea no tendrá competencia respecto de estasdisposiciones.
- Artículo 275 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea no será competente para pronunciarse sobre las disposiciones relativas a la política exterior y de seguridad común ni sobre los actos adoptados sobre la base de éstas.
La conclusión de los jueces españoles es que no se puede sostener que vulnerar una decisión de este tipo sea un delito de prevaricación y que tiene un "marcado carácter político" cuyas responsabilidades sólo pueden dirimirse en ese ámbito.
¿Qué más dice el Supremo?
- Da por acreditado que... Delcy Rodríguez entró en España y que eso implicó "una vulneración de la expresa prohibición del Consejo de la UE de permitir su entrada en el territorio de la Unión". La entrada se produjo en el momento en que el Falcon en que viajaba, entró en el espacio aéreo español. Además estuvo en el Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid - Barajas que está en territorio español y sobre el que las autoridades españolas son soberanas. Que no había ningún motivo, humanitario de urgencia o por una reunión internacional que justificara su entrada. José Luis Ábalos se reunió con ella, tal y como se ha reconocido públicamente.
- Pero además de la prevaricación, rechaza... Un delito de omisión del deber de perseguir delitos. Los magistrados apuntalan su rechazo en que lo ya expuesto para señalar que "ningún delito se habría cometido" por permitir la entrada. Un delito de usurpación de funciones, por el que se castiga a la autoridad o funcionario público que "…careciendo de atribuciones para ello, dictare una disposición general o suspendiere su ejecución".
- Y recuerda a los querellantes que... Las decisiones de los tribunales no pueden depender "del impacto político que ha generado su conocimiento público", ya que ellos se someten al imperio de la Ley.
¿Qué puede pasar en Europa?
Poco o nada, según expertos en la la materia que consideran que no se pueden abrir expedientes sancionadores por infringir este tipo de acuerdos, por mucho que exista una obligación legal de acatarlos.
Además, como recogen los jueces en su decisión, tampoco el Tribunal de la Unión Europea es competente, así que parece que no se moverá nada ni en lo político ni en lo judicial.
De momento, a petición de dos ciudadanos españoles hay una investigación parlamentaria impulsada por la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo -presidido por la exministra del PP Dolors Monserrat-. hasta ahora esa investigación se ha limitado a enviar cartas y a recabar más datos, pero fuentes conocedoras del Parlamento Europeo ven muy difícil que el asunto llegue a algún tipo de puerto.