La obligación de las víctimas de violencia de género de declarar contra sus agresores, "una forma de protegerlas"


Una sentencia del Supremo elimina el derecho de "dispensa" a las víctimas de violencia de género que se han personado como acusación particular
La sentencia intenta evitar que las mujeres rechacen declarar en el juicio por presiones de sus maltratadores
El Tribunal Supremo acaba de decir que si una víctima ha presentado una denuncia por violencia de género, y se ha personado como acusación particular, no podrá evitar declarar en el juicio contra el agresor, aunque haya retirado la acusación. La decisión, tomada por el Pleno de la Sala II del Alto tribunal, busca proteger a las mujeres, que muchas veces retiran las acusaciones presionadas por sus exparejas, que acaban absueltas y a veces vuelven a maltratar.
NIUS ha hablado con dos de los firmantes de la sentencia y con la Fiscal delegada de Violencia de Género, que la apoya. En conversación telefónica con NIUS, Pilar Martín Nájera explica que al llegar el juicio, muchas mujeres retiran la acusación y se acogen a la "dispensa" de declarar, por presiones de los agresores. Por eso, si una vez han denunciado "dejan de tener la opción de renunciar a declarar, ellos no podrán presionarlas porque no servirá de nada", argumenta.

Además, según dos de los magistrados que han intervenido en la redacción de la sentencia, "la denuncia y la dispensa son incompatibles. Si una víctima ha denunciado, ya ha solucionado el conflicto fundamental, ha dado el paso", explica uno de los magistrados de la Sala II, que añade que además "en muchas ocasiones, las víctimas ya no son familia, porque se han separado de su agresor".
¿Por qué es importante?
- Porque la declaración del juicio es la definitiva y puede anular todas las que se han prestado anteriormente ante la policía, es decir, lo que ocurre en el juicio deja sin efecto todo lo anterior.
- Así que si una mujer ha denunciado situaciones de malos tratos ante la policía pero en el juicio retira su acusación y rechaza declarar en contra de su agresor, es muy probable que el caso quede sobreseído.
- Porque hay que tener en cuenta que en los casos de violencia de género o de abusos a menores dentro del hogar, al ser realizados en el ámbito de la intimidad, muchas veces sin testigos, la declaración de las víctimas es fundamental, es donde descansa toda la carga de la prueba en gran parte de los casos.
- Hay ocasiones, explican fuentes de la Fiscalía, en que una víctima se ha acogido a la dispensa, el acusado ha sido absuelto y después ha matado a la mujer.
Datos clave
Pilar Martín Nájera insiste en la necesidad de denunciar primero y declarar en el juicio después, a pesar de la dificultad emocional que tiene el proceso, que supone "poner en entredicho la relación y la vida llevada hasta el momento". Pero...
- En 2019, de las 15 víctimas mortales de violencia de género que habían denunciado previamente, 6 se habían negado a declarar o habían retirado la acusación y se habían acogido a la dispensa.
- Según la Fiscalía, de las 168.000 denuncias presentadas en 2019, sólo 60.000 llegaron a juicio. En 17.205 casos, las víctimas se acogieron a la dispensa.
- La media temporal que una víctima tarda en declarar es de ocho años y medio, a veces por miedo, a veces porque supone "poner en entredicho la relación y la propia vida elegida".
¿Qué es la dispensa de declarar?
Es la posibilidad que se le da al familiar de un acusado de no declarar contra él.
- Afecta a padres, madres, hijos, hermanos, abuelos y cónyuges.
- Está recogido en el Artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
- Está pensado para no obligar a una persona a declarar contra un familiar.
- Normalmente los familiares se atienen a ella en casos de dar cobertura o coartada al sospechoso de un delito.
Una sentencia que cambia la doctrina del Supremo
- La sentencia del Supremo confirma la condena a un hombre que intentó que su exmujer no declarara (no lo pidió ella). Ella declaró, el hombre fue condenado, pero recurrió, el Supremo ratifica la pena de seis meses de cárcel.
- Cambia un acuerdo de la misma sala en 2018 que hacía una interpretación opuesta y daba la posibilidad a quien había sido acusación particular de retirarse y acogerse a la dispensa en el juicio.
- Para algunos magistrados, acogerse a la dispensa es una especie de "toreo" a la legislación, que además facilita las presiones del acusado.
- Las fuentes del Alto Tribunal consultadas explican que el giro obedece al cambio de los tiempos y la sensibilidad con la perspectiva de género, "y no sólo porque ahora haya tres mujeres en la sala".
- Susana Polo, Ana Ferrer y Carmen Lamela apoyaron la sentencia redactada por el exfiscal general del Estado, Julián Sánchez Melgar.
- Lo mismo hizo el presidente de la sala, Manuel Marchena.
- Cuatro de los 15 magistrados del pleno expusieron sus reparos en tres votos particulares.
Argumentos en contra
- El voto particular del magistrado Antonio del Moral es técnico y habla de overruling, un termino para refererirse al exceso cambios de posición que, según el juez pueden propiciar una "sensata inquietud". En su opinión, "La jurisprudencia no puede petrificarse, ni fosilizarse. Ha de evolucionar; pero más a ritmo de vals que de yenka".
- Del Moral dice textualmente: "si en 2009 el Tribunal Supremo parecía ver las cosas de una forma, en 2013 dio paso a
otro criterio que, tras vacilaciones, fue aclarado en 2018, para en 2020
rectificar esa aclaración, ¿quién le asegura que dentro de dos años, cuando el asunto que ahora enjuicia, acceda a casación, no habrá cambiado otra
vez su criterio?".
- Del Moral dice textualmente: "si en 2009 el Tribunal Supremo parecía ver las cosas de una forma, en 2013 dio paso a
- El voto discrepante de Andrés Palomo, además de considerar que la sentencia choca con derechos constitucionales, cree que no garantiza el cese de las presiones.
- "Quien coacciona para obligar a invocar la dispensa, igualmente estará dispuesto a coaccionar para que la declaración del cónyuge tenga un concreto contenido, que le sea favorable", escribe el magistrado Palomo.
- Eduardo de Porres discrepa porque a su entender, la dispensa al denunciante no vacía de contenido la denuncia. Considera débil el argumento de que al eliminar la dispensa se evita que la víctima pueda ser coaccionada y añade:
- "La denuncia tienen sentido aunque el denunciante haga uso de la dispensa. Se mezclan instituciones diferentes. Además, es posible que, aunque el denunciante no declare en el juicio, existan pruebas que conduzcan a la condena".
La sentencia, que puede consultar aquí, está firmada el 10 de julio, en los mismos días, el Constitucional emitió otra que según las fuentes consultadas es "complementaria" y en la que los magistrados dieron "un toque" a los jueces para que en la medida de lo posible, intenten ir más allá de las declaraciones en las investigaciones por violencia de género.