Estas son las dudas más frecuentes sobre excepciones al aislamiento y la aclaración de la policía
Idoia RivasBilbao

Dos agentes de la Policía Foral en un control.Europa Press
Los ciudadanos quieren saber si pueden acompañar a su familiares al médico o hacer una mudanza
A día de hoy, todavía muchos ciudadanos tiene dudas al respecto de lo que está o no permitido durante el Estado de Alarma. Muchas de esas preguntas llegan a las cuentas oficiales de las distintas policías que, posteriormente, los agentes aclaran.
Estas son algunas de las recibidas por la Policía Foral de Navarra y la policía Municipal de Pamplona y sus aclaraciones.
- A una ecografía con mi pareja, ¿podría acompañarla ya que va a ser la primera vez que puedo ver al bebe? No, porque no se justifica el desplazamiento por necesidad ni fuerza mayor.
- Tengo una visita médica a la que me va a acompañar mi marido. ¿Puedo ir de copiloto o tengo que ir atrás? Solo se podrá ocupar por una persona en cada fila e ir sentados en diagonal. Habrá que llevar el justificante médico.
- ¿Puedo subir a la azotea de mi edificio solo, aún siendo una zona común? No, no está permitido salir a pasear ni a lugares públicos ni privados.
- ¿Puedo acudir a hacer mis compras de alimentación a lugares que requieren de desplazamiento si en las cercanías no encuentro los productos que necesito? No, las compras se deben realizar en los lugares más cercanos al domicilio y el desplazamiento por este motivo está prohibido.
- ¿Puedo hacer una mudanza si ya la había empezado antes del confinamiento? No, en este momento una mudanza no es considerada motivo para abandonar el confinamiento.
- ¿Puedo desplazarme a otro barrio de la ciudad para ayudar a una persona dependiente y realizar sus compras evitando así que ésta corra riesgo? Si, está permitido, siempre que se sigan las recomendaciones de distanciamiento e higiene. Preferiblemente deberá llevarse algún documento que acredite la necesidad de ayuda por parte de esa persona.
- ¿Puedo acudir a la oficina de correos a recoger un paquete? Sí, puede acudir a retirar el paquete, confirmando antes con la oficina de correos el horario en el que abren al público.
- ¿Puedo utilizar mi jardín privado abandonando mi domicilio? Sí, siempre que el jardín no sea de uso comunitario, se considera parte del domicilio y se puede utilizar sin problema.
- Me encuentro en otro domicilio por motivos de cuidados. ¿Puedo regresar al mío a recoger objetos personales? No, no está permitido desplazarse a otro domicilio salvo por necesidades imperiosas. Por otro lado, sí está permitido regresar al domicilio habitual, pero no se puede abandonar una vez allí.
- ¿Puedo desplazarme a mi lugar de trabajo a pie para evitar el uso de transporte urbano? Si, está permitido, pero recuerda que las autoridades podrán solicitarte algún tipo de documento que justifique el desplazamiento por motivos laborales.
- ¿Podemos desplazarnos dos personas en moto para ir al trabajo? No, la ley no permite que dos personas vayan juntas en moto.
- ¿Puedo ir al recoger a su puesto de trabajo a una persona que no tiene carnet de conducir? No, deberá desplazarse en autobús, taxi, en bici o a pie.
- Siendo una familia monoparental, ¿puede pasarse a mi domicilio una persona para los cuidados de un menor? Sí, entendiendo que se trata del cuidado de menores de edad y que se dirige a trabajar en un servicio esencial. Reiterar la necesidad de extremar las normas de seguridad en los desplazamientos, caso de que estos fueran necesarios y del mantenimiento de las distancias de higiene.