La ayuda de 100 euros por hijo: quiénes y cómo podrán pedirla con los nuevos presupuestos

El Gobierno pretende de dotar de universalidad esta ayuda dirigida en su origen sólo a madres con trabajo
Consiste en una deducción de hasta 1.200 en el IRPF que puede cobrarse también de manera anticipada a razón de 100 euros al mes
Los nuevos derechos que tendrán las familias monoparentales con dos hijos al ser consideradas numerosas
Los nuevos Presupuestos Generales del Estado acordados por el Gobierno incluyen una serie de nuevas medidas sociales entre las cuales destaca la ampliación de las personas que podrán beneficiarse de la ayuda mensual de 100 euros por cada hijo entre los cero y los 3 años (hasta el momento en el que cumple esa edad).
En su origen, esta ayuda esta destinada a madres trabajadoras, ya sean autónomas o empleadas por cuenta ajena. Podían desgravarse hasta un máximo de 1.200 euros al año en su declaración del IRPF o bien solicitar esa ayuda de manera anticipada en forma de un cobro de 100 euros al mes. También la cobra los progenitores cuando ambos son del mismo sexo.
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Esta medida dejaba fuera a las personas sin trabajo, en situaciones más vulnerables. En 2021, ya se amplío a quienes cobraban el Ingreso Mínimo Vital. Ahora se amplía aún más para cubrir a progenitores que no tengan un empleo fijo, aunque para estos casos el Gobierno introducirá un límite máximo de renta. El objetivo es dotar de universalidad a esta ayuda a la infancia.
En paro o con un mes cotizado
La Agencia Tributaria refleja en su web las condiciones actuales, previas a la reforma ahora anunciada, para solicitar esta ayuda.
- Se refiere a madres con hijos menores de 3 años.
- En el caso de que los progenitores sean del mismo sexo, los dos tendrán el derecho de aplicar la deducción.
- En caso de fallecimiento de la madre, lo podrá solicitar el padre o tutor del menor.
- En caso de que tenga la guarda y custodia exclusiva, lo podrá solicitar el padre o tutor.
También figuraba que esta ayuda era incompatible con cobrar el paro, pero esa condición se va a cambiar. Los presupuestos generales del Estado de 2023 ya incluirán la ampliación de la ayuda de 100 euros al mes para madres que hayan cotizado un mes o recibido una prestación contributiva o asistencial.
De momento, una ayuda contributiva
Sobre la ley de familias, que contempla la ayuda de 100 euros por hijo menor de 3 años, pero universal para todas las madres, la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha pedido prudencia. Eso sería dar un paso más a lo que se ha explicado en la presentación de los Presupuestos tras el Consejo de Ministros. La futura ley de familias es a día de hoy un borrador que llegará próximamente al Consejo de Ministros y puede sufrir algún tipo de modificación.
Montero ha dicho que la ampliación actual se realiza "dentro de las prestaciones contributivas", es decir, aquellas a las que tienen derecho sólo quienes hayan realizado cotizaciones previas.
"Ya existe una prestación por crianza de 0 a 3 años para personas que están trabajando y durante el periodo que están dadas de alta en la Seguridad Social. La ley va a abundar en ampliar este colectivo, incorporar otras realidades también dentro de las prestaciones contributivas", ha precisado Montero.
Al ser preguntada por algunas de las medidas que contempla la ley de familias, la responsable de Hacienda ha indicado que entre las partidas más importantes de las cuentas publicas no ha destacado "lo que tiene que ver con la futura ley de familias".
"Permitan la prudencia de que deje ese espacio para cuando llegue el borrador al Consejo de Ministros", ha señalado Montero, quien ha recordado que deberá seguir el recorrido habitual de los proyectos de ley.
"Será la ministra de Derechos Sociales (Ione Belarra, de Unidas Podemos) la que presentará el borrador que le puedo confirmar que ha formado parte del paquete de la negociación que ha podido cristalizar con la aprobación de este presupuesto", ha dicho.
¿Cómo solicitar esta ayuda?
Se solicita a través de Modelo 140, que es el que recoge la deducción por maternidad. Puede cumplimentarse el documento y presentarse en las oficinas de la Agencia Tributaria, enviarse por correo, realizar la gestión telemática o por teléfono.