Fin a la polémica del loro Curro: la Audiencia de Alicante aclara quién se queda con la custodia de este pájaro


La Audiencia de Alicante resuelve la disputa por este loro, valorado en 400 euros, entre dos familiares
El condenado estuvo a punto de cumplir una pena de de 45 días de multa
Tras unos meses de polémica, la Sección Tercera de la Audiencia de Alicante ha absuelto a un hombre de un delito de apropiación indebida de un loro. Este alicantino fue acusado de haberse apropiado de forma ilícita de este pájaro valorado en 400 euros. El familiar le prestó el loro a su prima para que lo criase, pero ella alegó después que era su propiedad. Tras varias acusaciones, la denuncia ha prescrito y el loro vuelve a ser propiedad del denunciado.
45 días de multa por apropiación indebida
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El pasado diciembre el acusado recurrió una sentencia dictada por un juzgado de Benidorm donde fue condenado por un delito leve de apropiación indebida del loro. Por este delito, debía cumplir una pena de 45 días de multa, y además debía indemnizar a su prima ofreciéndole otro loro, o pagándole la cantidad de 400 euros.
La identidad del loro a través del chip, también resultó polémica
Por una parte, la denunciante afirma que en el chip que lleva el loro aparece ella como propietaria. También el padre de esta -persona que aparece como propietaria en la tarjeta- afirmó que la propietaria era su hija. En definitiva, sea propietario uno u otro, lo cierto es que el loro no es propiedad del apelante”, según la Audiencia de Alicante.
Por otro lado, la denunciante alegó que fue un regalo por parte de su tío, aunque esto fue desmentida por el acusado.
Es por ello que tanto el chip de Curro, como los datos de donación no aportaban suficiente información. Así lo explica esta resolución de la Audiencia de Alicante: “El hecho de que la presunta donante lo niegue, y que el supuesto donatario, reconociendo que posee el loro, no haya realizado los trámites para cambiar la titularidad son indicios suficientes que permiten concluir que tal donación no existió”. “En definitiva, sea propietario uno u otro, lo cierto es que el loro no es propiedad del apelante”, según la Audiencia de Alicante.
Curro vuelve a casa con el tío
La Audiencia expone que, a “partir de la inexistencia de la donación, la única alternativa posible que explique el por qué el denunciado posee el loro es la aportada por la denunciante, esto es, que se lo prestó temporalmente para realizar una cría”.
Una vez aportada esta información, la Audiencia de Alicante entiende que “no se puede dictar una sentencia condenatoria, tal como se ha hecho en la primera instancia”. Y además, estos delitos han prescrito al pasar más de un año, y es por ello que para la Audiencia de Alicante, “es obvio, a la luz de la propia declaración de la denunciante, que el plazo de prescripción había sido excedido cuando se presentó la denuncia, lo que obliga a dictar una sentencia absolutoria por prescripción de la acción penal”.
De esta forma el loro Curro vuelve a casa con el tío y no tiene que indemnizar a su prima. Una increíble y triste historia que ya tiene un fin.